El fallo del TSJCyL desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zamora en el procedimiento, lo que supone la confirmación de la sentencia de 30 años que decretó la sala zamorana. Contra esta nueva sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.
Hay que apuntar que la sentencia en la sala zamorana se dictó en el mes de julio de este año y en ella quedó probado a juicio de la Audiencia que el varón había agredido sexualmente de forma repetida a una de sus hijas cuando tenía doce años, y que el ilícito se prolongó a partir de los dieciséis años cuando se consumó la penetración, por lo que se añadió el cargo de violación. Ante eso, se sumaron los más de ocho años de condena de la agresión y los más de trece años por la violación. A eso se unía la agresión sexual a otra de sus hijas, con una discapacidad, cuando tenía trece años, por lo que la pena acumulada se iba hasta los más de treinta años de prisión.
Además de confirmar la pena de más de treinta años, el TSJCyL también ha confirmado las indemnizaciones de 30.000 y 6.000 euros a cada una de las dos hijas.