La sentencia reconoce que la víctima presenta una "afectación psicológica" fruto de esa agresión sexual hace 22 años que "determina una limitación funcional que le impide llevar a cabo cualquier actividad laboral de forma eficiente y conforme a los mínimos requerimientos que son imprescindibles", han informado fuentes del alto tribunal.
El texto indica, además, que la "ansiedad postraumática" que sufre la mujer se presenta "tanto en trabajos de exigencia física como en los sedentarios, por cuanto no se trata de una afección física sino psíquica".
En este sentido, el fallo califica de "calvario psíquico" lo que la víctima "lleva padeciendo desde 1997", fecha desde la que recibe un tratamiento continuo que produce "una interferencia significativa" en su vida personal, social y familiar, "que se acentúa como consecuencia de la puesta en libertad de su agresor".
Las secuelas que ahora le han permitido conseguir la incapacidad permanente surgen de una agresión sexual que la mujer sufrió en Zamora en 1997, cuando fue secuestrada y violada por un ciudadano que acababa de salir de la cárcel tras asesinar a dos personas.
La víctima había solicitado la incapacidad permanente en 2017, 20 años después de la agresión. En un principio, la Seguridad Social se la denegó, pero fue el Juzgado de lo Social número 1 de Zamora el que, en primera instancia, reconoció el derecho de la recurrente, hecho que ahora ha sido ratificado por el TSJCyL.