Sobre las 21.40 horas del día 31 de enero de 2019, el acusado mayor de edad y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, al haber sido ejecutoriamente condenado por sentencia firme del Juzgado de fecha 4 de noviembre de 2018 por delito de conducción sin permiso, conducía su vehículo matrícula por la carretera CL-612 careciendo de permiso por pérdida de vigencia en virtud de sentencia del Juzgado de lo Penal de Zamora en la que fue privado.
Ante eso, el Juzgado condenaba al varón como autor directo criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial previsto en el art. 384 párrafo 1º del Código Penal, concurriendo la agravante de reincidencia, a la pena de 70 días de trabajos en beneficio de la comunidad y al pago de las costas procesales.
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal del acusado se presentó recurso de apelación. Tras su estudio, el Juzgado desestimaba el recurso de apelación interpuesto por la procuradora contra la sentencia que dictó en mayo de 2019 el Juzgado de lo Penal de Zamora, por lo que se mantiene la pena de 70 días de trabajos en beneficio de la comunidad y al pago de las costas procesales.