La Guardia Civil está comprometida con la disminución de la siniestralidad en las carreteras españolas. Para ello desempeña las funciones que la legislación le encomienda de vigilancia y control del tráfico y del transporte en las vías públicas interurbanas.
El pasado día 25 de noviembre, cuando una patrulla del Destacamento de Tráfico de Puebla de Sanabria (Zamora) prestaba servicio en la carretera nacional N-525 (Benavente-Vigo), en las inmediaciones de la localidad de Palacios de Sanabria, identificó al conductor de un vehículo, al objeto de notificarle la comisión de una infracción observada por los agentes en el kilómetro 71,500 de citada vía, apreciando signos evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Por este motivo, se procede a realizar las pruebas legalmente establecidas de alcohol y de presencia de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el organismo, a lo que el conductor se opuso, negándose en todo momento a realizar prueba alguna.
Ante la negativa, los agentes procedieron a su investigación como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial al conducir un vehículo a motor negándose a someterse a la prueba de alcohol legalmente establecida y por conducir vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
El investigado, así como las diligencias instruidas, fueron puestos a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla de Sanabria (Zamora).
Se recuerda que la ingesta de bebidas alcohólicas, así como la de drogas y sustancias tóxicas, influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.
Estas conductas al volante podrían conllevar, administrativamente, hasta 1.000 € de sanción y, penalmente, podrían ser castigadas con pena de prisión de tres meses a un año, multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
En cualquier caso, conllevarían la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años.