La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha incoado dos expedientes sancionadores a Mediaset por posible infracción del artículo 18.2 de la Ley General del Sector Audiovisual (LGCA).
En un comunicado, explican que han considerado que el grupo de comunicación, en su canal de Telecinco, habría podido vulnerar lo dispuesto en dicho artículo de la LGCA al emitir durante el programa de Sálvame del 23 de enero de este año, sin identificación, lo que podría ser calificada de publicidad encubierta de una revista.
Sin embargo, lo llamativo llega después, ya que en el mismo comunicado, la CNMC concreta que el otro expediente sancionador se ha iniciado contra Mediaset por la emisión de un capítulo de La Que Se Avecina.
Concretamente, se trata del capítulo ‘Un aniversario, un peluquín y una reunión de tupper-sex’, de la segunda temporada (2008), que durante su reposición en el canal FDF se emitió, también sin identificación, publicidad que pudiera ser calificada como encubierta de una empresa de distribución y venta de juguetes y productos eróticos, y de una marca de un estimulador de próstata.
Además, tal y como recuerda la CNMC, la LGCA señala en su artículo 18.2 que está “prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”, y que cada uno de estos hechos se consideran como una infracción grave y podría suponer la imposición de una multa de entre 100.001 hasta 500.000 euros cada uno de ellos.
Por último, detallan que Mediaset dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones.