Provincia

El PSOE de Zamora valora la nueva sentencia judicial favorable a los concejales de Ferreras de Abajo

El Secretario General del PSOE de Zamora, Antidio Fagúndez, traslada de nuevo toda su “felicitación, reconocimiento, afecto y solidaridad a los concejales socialistas de Ferreras de Abajo y exige disculpas al PP por permitir la persecución y el acoso contra los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos”.

Ayuntamiento de Ferreras de Abajo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León revoca la sentencia del Contencioso de Zamora del anterior Alcalde del Partido Popular en Ferreras de Abajo, estimando el recurso interpuesto por los propietarios de una vivienda y un garaje en Litos, anulando además el decreto de Alcaldía

El Secretario General del PSOE de Zamora, Antidio Fagúndez, ha trasladado, en una ocasión más, por 3ª vez en apenas 4 meses, la “felicitación, reconocimiento, afecto y solidaridad” a los concejales socialistas de Ferreras de Abajo tras haber revocado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León la sentencia del Contencioso de Zamora estimando el recurso interpuesto por los propietarios de una vivienda y un garaje en el anejo de Litos (del Concejal socialista Eutiquio Ubierna), y anulando el Decreto de la Alcaldía de Ferreras de Abajo sobre las obras menores realizadas en una antigua vivienda.

Los Concejales del PSOE en el Ayuntamiento de Ferreras denuncian: “¿De dónde se están pagando los recursos judiciales, las denuncias, los gastos de abogados y demás? Sin duda, es dinero del Ayuntamiento de Ferreras de Abajo porque si lo tuvieran que pagar de su bolsillo, en lugar de malgastar el dinero de todos los vecinos, no lo harían. En lugar de invertir ese dinero en necesidades para el municipio lo malgastan en pleitos para perseguir a la oposición que, además, siempre pierden”.

La nueva sentencia favorable a los ediles del PSOE en Ferreras de Abajo relata que “la instalación de una chimenea calefactora en la vivienda en 2017 no puede tenerse en consideración para mantener las resoluciones administrativas impugnadas, que se refiere a obras sin licencia urbanística como se ha dicho, toda vez que para esa chimenea consta en la documentación obrante que se efectuó por el recurrente la correspondiente declaración responsable prevista en el artículo 314 bis del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León”.

En los Fundamentos de Derecho de la Sentencia se señala que “de conformidad con la prueba practicada y en especial con lo señalado en cuanto a la terminación de las obras litigiosas en el informe del perito, ha de considerarse que las obras terminaron en el año 2012 por lo que, al no poder iniciarse legalmente el procedimiento de restauración de la legalidad de que se trata en noviembre de 2016, ha de revocarse la sentencia de instancia y anularse las resoluciones de la Alcaldía impugnadas”.

Y añade el citado apartado 4º que “aunque lo expuesto en los fundamentos jurídicos anteriores es suficiente para revocar la sentencia de instancia y anular las resoluciones de la Alcaldía de Ferreras de Abajo impugnadas, no está de más añadir que es anulación también es procedente por no haberse abstenido de dictarlas al concurrir la causa de abstención prevista de "enemistad manifiesta" que prueba la declaración por parte del Ayuntamiento demandado respecto, entre otros, del recurrente como "persona non grata" en ese municipio.

La sentencia relaciona directamente, por tanto, la persecución del Alcalde del PP en este asunto contra el recurrente, edil socialista, como otro elemento añadido a la enemistad manifiesta por la declaración de los Concejales del PSOE como “personas non gratas”, declaración anulada por sentencia firme del Tribunal Contencioso Administrativo.

De hecho añade el apartado 4º de los Fundamentos de Derecho recuerda “esa declaración de persona “non grata”, entre ellos del recurrente, es además absolutamente improcedente pues el Ayuntamiento no tiene ninguna competencia para efectuar una declaración de persona no grata y así lo ha puesto de manifiesto el Tribunal supremo en sentencias de 17 de Julio de 1998, 24 de Noviembre de 2003 y de 23 de Febrero de 2004, entre otras”.

El PSOE ha recordado que con fecha 22 de Julio de 2020 la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo Nº de Zamora Nº 00083/2020 de 20 de Abril de 2020 por el que se estima el recurso contencioso interpuesto por la representación procesal de los Concejales del PSOE en el Ayuntamiento de Ferreras de Abajo Eusebio Pazos Rodríguez, Eutiquio Ubierna Santamaría, Ángel Vara Diego y, en su nombre, José María Diego Lorenzo (+ fallecido), contra la resolución del Ayuntamiento de Ferreras de Abajo adoptada por el Pleno de la Corporación de fecha 4 de Junio de 2018 que declaró personas non gratas a los citados concejales, “declarándola nula de pleno derecho y revocándola, y dejándola sin efecto”.

Y en base a ello, el Secretario General del PSOE de Zamora, Antidio Fagúndez, pone en valor que “por tercera vez en apenas cuatro meses la Justicia da de nuevo la razón a los Concejales socialistas de Ferreras de Abajo, tanto en el fondo como en la forma, porque reconoce que la actuación de la Alcaldía del Partido Popular ha sido constantemente de persecución y acoso, tanto en el ámbito de la vida municipal como en el de su vida privada, contra los Concejales socialistas en el ejercicio de sus funciones como representantes legítimos de los ciudadanos”.

Añade el Secretario General del PSOE que “la nueva resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León deja, en una ocasión más, en muy mal lugar al PP de Zamora al permitir y amparar que sus regidores utilicen sus mayorías de manera ilegítima para imponer la persecución y el acoso a quienes no opinan como ellos o simplemente denuncian sus arbitrariedades e irregularidades en el ejercicio de su representación democrática”.

Concluye Antidio Fagúndez que “tal y como ya se señalaba en anterior la Sentencia de 22 de Julio las actuaciones del PP en Ferreras de Abajo solo contribuyen a aumentar la “crispación vecinal”, la misma crispación que día a día generan los dirigentes de las ultra derechas de PP y Vox en todas y cada una de las Instituciones Públicas, cuyos representantes del PSOE y de otros partidos están legítima y democráticamente elegidos en las urnas”.

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