Provincia

El Procurador del Común afirma que “no existen irregularidades” en la tramitación de licencias ambientales en Benavente

El Procurador del Común afirma que “no existen irregularidades” en la tramitación de licencias ambientales en Benavente
Para la resolución del caso, se analizaron varios expedientes objeto de la queja presentada,en los cuales se habían tramitado: Una licencia ambiental y de obras detienda de ropa y comunicación puesta en marcha de la actividad, una comunicación traspaso de actividad de bar, una comunicación de inicio y puesta en marcha de actividad de taller de piercing y una comunicación cambio de titularidad actividad de bar; con informe y relación de las fechas de los diferentes trámites realizados en los mismos. “En todos estos casos la actividad, según consta en los informes técnicos, estuvo abierta y en funcionamiento desde la fecha de comunicación previa”, anotan las mismas fuentes.

El Ayuntamiento de Benavente reguló a través de ordenanza municipal el procedimiento y la documentación que se debe acompañar a las solicitudes de licencias ambientales, comunicación del ejercicio de actividades reguladas en el anexo V de la Ley 11/2003, y comunicación de inicio o puesta en marcha de actividades, traspaso de licencias y comunicaciones. (Ordenanza publicada en el BOPde fecha 28 de julio de 2010).

En esa ordenanza se establece, con la presentación de la documentacióny la comunicación de inicio, se habilita para el ejercicio de la actividad y supone la inscripción de oficio en los correspondientes registros ambientales.

Una vez comunicada la puesta en marcha de una actividad o el traspaso de una actividad, el Ayuntamiento, de oficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 30/1992, inicia un procedimiento de control posterior para verificar el cumplimiento tanto documental como sustantivo de la actividad. “El plazo establecido para que la Administración resuelva este tipo de expedientes es de tres meses; sin embargo el Ayuntamiento de Benavente tiene un plazo medio de resolución en los expedientes de comunicación de 74 días”, apunta la Concejalía de Obras. “Haciendo una auditoria las resoluciones de licencia ambiental concedidas en el año 2013/2014 se extrae como conclusión que el tiempo medio de tramitación de los expedientes de licencia ambiental es de 169 días”, añade.

En este contexto, el Ayuntamiento reconoce que “hay ocasiones en las que el tiempo de resolución supera los plazos marcados en la normativa” debido a que, tras varios requerimientos de mejora de la documentación aportada por los interesados, estos se demoran en aportarla o la presentan incompleta, como sucedió en algunos de los casos señalados, por lo que el Ayuntamiento insiste en la presentación de la documentación, antes de denegar la licencia o caducar el expediente de control posterior. “En otras ocasiones, especialmente en la concesión de las licencias ambientales que se resuelven conjuntamente con las licencias de obras, se requieren informes sectoriales que pueden demorarse en su emisión, y que hacen que el plazo de resolución en ocasiones pueda exceder de los cuatro meses que marca la normativa”, concluye.

¿Quieres hacer un comentario?
Addoor Sticky