Ramírez ha asegurado que, para incrementar esa calidad de destino turístico, se está tramitando una normativa que regulará los establecimientos de restauración en Castilla y León, adecuando así la regulación vigente que data de 1999 a las necesidades actuales del mercado y a la normativa europea de libre prestación de servicios y establecimientos. Sin embargo, debido al malestar suscitado entre los restaurantes por la obligación de tener un porcentaje de productos de Tierra de Sabor, la Junta ahora recula.
La tipología de establecimientos es la siguiente: restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares. Estas cuatro tipologías continuarán establecidas como hasta ahora, y la novedad más importante que contempla la nueva regulación es la opción que se ofrece a los empresarios del sector de especializar sus negocios a través de la inclusión de nuevas especialidades de establecimientos de restauración en las figuras de asador, mesón, restaurante-bodega y gastrobar. Para identificar la especialidad de estos últimos establecimientos de restauración se han diseñado unos distintivos específicos, junto con la placa que se mantiene para identificar a cada tipo de establecimiento, facilitando así a los clientes el reconocimiento de su especialización.
Cada una de estas especialidades viene definida por sus elementos característicos. Así, el restaurante asador ofrece como particularidad las comidas elaboradas a base de asados en hornos de leña o parrillas, y el restaurante mesón se caracteriza por tener una carta de platos vinculados a la cocina tradicional con especialidades gastronómicas y bebidas típicas de la zona donde se ubique. Por su parte, el elemento principal de la especialización del restaurante–bodega es que esté ubicado en bodegas, y, en cuanto al gastrobar, viene definido por la elaboración de una variada cocina en miniaturas de carácter innovador.
Requisitos para las nuevas tipologías de establecimientos
El director general de Turismo se ha referido a que, con el nuevo decreto, cualquier restaurante, bar o cafetería tendrá la posibilidad de quedarse como está o de optar a diferentes especializaciones. De esta forma, los requisitos generales que se piden para los establecimientos de restauración identificados como restaurantes, cafeterías y bares son similares a los que se pedían hasta ahora, requisitos obligatorios son mínimos para facilitar la actividad de restauración.
Ramírez ha señalado que se solicitan unos requisitos diferentes únicamente en el caso de que el empresario quiera optar por la especialización o para acceder a determinadas categorías, o en relación a la figura específica de salón de banquetes. Estos establecimientos especializados -mesón, asador, restaurante-bodega y gastrobar- pretenden diferenciar determinados establecimientos en base a criterios de calidad con un mayor nivel de exigencia, pero en todo caso, Ramírez ha insistido en que la especialización es opcional y nunca obligatoria para el ejercicio de la actividad de restauración.
Sólo en el caso de que se quiera optar a restaurantes de lujo o de primera (en la actualidad son un 0,6 % de los existentes en la Comunidad, 33 de 5.451); a salones de banquetes, al tratarse de un nuevo tipo de establecimiento cuya peculiaridad viene determinada para la previa elección del menú, o a la especialidad de gastrobar, el proyecto de decreto incluye requisitos específicos de calidad en cuanto al producto, que se considera que puede aportar un plus de calidad en base a determinadas referencias de calidad en el producto ofertado, como es el caso de las denominaciones de origen de la Comunidad, de los productos asociados a las 65 figuras de calidad agroalimentaria que existen en Castilla y León o a los más de 4.450 productos asociados a la marca ‘Tierra de sabor’, algo que, según Ramírez, no será difícil de cumplir ya que en la mayoría de los casos se vienen utilizando porque la oferta es muy amplia y son productos específicos que identifican a la Comunidad y se usan habitualmente en la cocina de Castila y León y de las distintas provincias.
Ramírez ha asegurado que, en estos tres casos, el reconocimiento de los productos de la Comunidad está justificado y en sintonía con la regulación más reciente de otras comunidades autónomas que reconocen la posibilidad de especializarse a los establecimientos que utilicen productos propios, como es el caso de Extremadura, o la exigencia para categorizarse de contar con bebidas de denominaciones de origen como es en La Rioja.