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Delimitados los entornos BIC del castillo, ayuntamiento y la iglesia en Puebla de Sanabria

El BOCyl publica hoy la delimitación de los entornos de protección de los tres monumentos

Imagen aérea Puebla de Sanabria

Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León somete a información pública los expedientes Bienes de Interés Cultural en su categoría de Monumento al castillo, el edificio del Ayuntamiento y la iglesia de Santa María del Azogue, así como se delimita la protección de sus entornos.

Puebla de Sanabria es una villa ubicada en el extremo noroccidental de la provincia de Zamora, asentada sobre un llano en la cima de una encrespada mole de roca, en un emplazamiento estratégico desde el que domina todo el valle, lo que determina la importancia de la villa y su papel defensivo a partir de la Edad Media.

Declarada Conjunto Histórico por Decreto de 11 de marzo de 1994, la villa conserva un interesante conjunto de arquitectura civil, entre los que destacan el edificio del Ayuntamiento, el castillo y la iglesia de Santa María del Azogue.

CASTILLO DE LOS CONDES DE BENAVENTE EN PUEBLA DE SANABRIA

El Castillo de los Condes de Benavente fue construido a mediados del siglo XV por el cuarto conde de Benavente, don Rodrigo Alonso de Pimentel y doña María Pacheco, en lo alto del promontorio rocoso desde el que domina la población de Puebla de Sanabria.

Por su ubicación y proximidad con la frontera de Portugal, con amplio dominio del valle en el que se encuentran el río Castro y el Tera, paso obligado, camino y vereda real que enlazaban Castilla y Galicia, el castillo ha tenido una gran importancia estratégica a lo largo de la historia.

Representación del poder civil, cierra y domina el espacio más septentrional del núcleo urbano primitivo. Para algunos estudiosos, el actual edificio se levanta sobre una fortaleza pleno medieval, de la que quedan algunos vestigios en las bases de sus muros, si bien su construcción se lleva a cabo entre los años 1455 y 1499, siendo parte del Señorío de los Pimentel, condes de Benavente.

De planta rectangular, construido con una soberbia fábrica de sillería que se adapta a los afloramientos rocosos naturales, presenta una cierta complejidad de trazado y ubicación de sus defensas. Así, dos cubos adelantados protegen la entrada principal, situada en el muro norte, donde se instalan los escudos de armas –de los Pacheco y los Pimentel–; el lado oeste se protege por otro cubo semicircular y una torre, también adelantada, de planta cuadrada en el ángulo suroeste, mientras que en el lado meridional ofrece un cubo centrado, junto a una puerta secundaria, manteniéndose otros dos en la crujía señorial, donde se sitúa el balcón ceremonial y sus tres pisos de estancias, hoy bastantes transformadas.

Todo el perímetro está recorrido por un potente cuerpo almenado, al que se accede por varios puntos desde el adarve interior. Asimismo, todo el recinto está recorrido por saeteras de orbe y cruz y troneras con derrame interno.

En el centro del recinto se alza la torre del homenaje, conocida popularmente como Torre del Macho, de planta cuadrada, con una altura de 23 metros. La entrada se hace a través de una puerta en alto, protegida por un cubo, de cuyo interior parten las escaleras de acceso a las tres planta superiores, donde se localiza una letrina, y a otra planta sótano. El adarve presenta cuatro balcones apoyados, como el recinto exterior, sobre matacanes.

Actualmente es propiedad del Ayuntamiento de Puebla de Sanabria. Las intervenciones arquitectónicas que han tenido lugar en los últimos años han tenido por objeto la recuperación y adecuación del edificio para diversos usos culturales acordes con las necesidades actuales de la población –biblioteca, salas de conferencias y exposiciones, así como centro de interpretación– por lo que, sin perder sus valores históricos y arquitectónicos, el monumento se integra perfectamente en la memoria e identidad de la población actual.

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN:

Descripción literal: El punto de inicio de la delimitación del Entorno de protección se encuentra en la calle San Bernardo, en la esquina noroeste del edificio sito en el número 35 (Parcela 06 de la manzana catastral 58874) para seguir a continuación, siguiendo el sentido de las agujas del reloj, cruzar en sentido oeste la calle Florida para rodear por su perímetro exterior la parcela 01 de la manzana catastral 58888, incluyéndola en su totalidad.

Continúa en sentido norte cruzando la calle Revuelta Peporro hasta el vértice oeste de la parcela 05 de la manzana 58886 y desde ese punto une con el vértice suroeste de la parcela 47 del polígono catastral 59884. Sigue por el límite oeste de las parcelas 47, 55, 59 y 159 del citado polígono 59884; y la 207 del polígono 49184 hasta el encuentro con la Avenida de Galicia.

Cruza en diagonal la citada Avenida de Galicia hasta el eje del camino sin nombre que arranca entre las parcelas 20 y 10 del polígono 49184. Continúa en sentido norte por el eje del camino hasta alcanzar el eje del Río Castro. Continúa en sentido este por el eje del Río Castro hasta su encuentro con el Río Tera, donde continúa en sentido sur por el eje de este último hasta alcanzar el punto con coordenadas UTM ETRS89 Huso 30 X: 199430,00; Y: 4662188,00.

Desde ese punto une con una línea imaginaria en sentido oeste con el vértice sureste del saliente de la muralla de la ciudad y su prolongación hasta el paseo de ronda. Continúa por la divisoria de las parcelas 03 y 04 de la manzana catastral 59678 hasta salir a la calle Costanilla, para a continuación rodear incluyendo las siguientes parcelas catastrales: 01 de la manzana catastral 59871; 05, 04, 03 y 07 de la manzana catastral 58876; 06, 05, 04 y 03 de la manzana catastral 58879; y la parcela 06 de la manzana 58874 hasta unir con el punto de inicio de esta delimitación del entorno de protección.

Motivación: Atendiendo a la ubicación del monumento, se delimita un entorno de protección amplio para posibilitar su correcta percepción como elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo la posible degradación de los valores que determinan su declaración como Bien de Interés Cultural.