En concreto, el borrador del Decreto prevé que todos los restaurantes catalogados como de lujo (cinco tenedores) y de primera categoría (cuatro tenedores) estén obligados a incluir productos de la marca Tierra de Sabor y de alguna de las figuras de calidad agroalimentaria recogidas en Castilla y León, lo que incluye varias de las Denominaciones de Origen de los vinos autonómicos. Quedaría exentos de esa obligatoriedad los restaurantes de primera, segunda y tercera categorías.
Además, este decreto impone un 35% de utilización de productos de Castilla y León a restaurantes que se especialicen como asadores, mesones y restaurantes o también los bares que pasen a ser denominados gastrobares. Todo ello aparece consignado en el artículo 14 del Capítulo III del mencionado Decreto.
Otra novedad llamativa de la nueva normativa es que los restaurantes en bodegas deben ofrecer vinos de esa misma bodega, incluso aunque se conserven en barril, y disponer de una zona de cata de vinos propios o bien de la zona en la que ese restaurante se enmarque.
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