El pleno del ayuntamiento de Benavente en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de noviembre de 2017, acordó aprobar la modificación de ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles (IBI) estableciéndose como periodo de presentación de solicitudes el primer trimestre del año.
Con motivo de la aprobación del RD 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma y la correspondiente suspensión de plazos administrativos, el nuevo plazo para la presentación de solicitudes es el que se extiende desde el 1 de junio hasta el 17 de junio de 2020, pudiéndose presentar las solicitudes de bonificación del IBI en el Ayuntamiento de Benavente por parte de aquellas familias que reúnan la condición de familias numerosas.
DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD:
(La documentación debe ser fotocopia y compulsada)
- Documento Nacional de Identidad del solicitante.
- Título de familia numerosa válido expedido por la Comunidad de Castilla y León.
- Certificado de Empadronamiento Colectivo.
- Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la vivienda objeto de la bonificación.
- Declaración Jurada de no poseer otros inmuebles urbanos destinados a vivienda.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año anterior de los miembros de la familia numerosa
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