La denuncia, interpuesta por cuatro concejales de la oposición, acusaba a la anterior regidora de impedir a dichos concejales el ejercicio de sus derechos cívicos, imputándole un delito contenido en el 542 del Código Penal. El Auto dictado por la Audiencia viene a confirmar el ya dictado por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Zamora.
Ambas resoluciones confirman que por la alcaldesa saliente no se han vulnerado los derechos de los denunciantes, destacando que no cabe pretender que exista delito cuando se desestiman peticiones de los concejales presentadas “sin dar tiempo material a informar sobre su legalidad”. En todo caso, destacan las resoluciones, no se han vulnerado los derechos políticos de los denunciantes, debiendo estos en su caso haber acudido a la vía contencioso administrativa para debatir la legalidad o no de sus propuestas, pero nunca a la vía penal interpuesta.
Los hechos denunciados provienen de las numerosas irregularidades ocurridas en el desarrollo de los Plenos como, por ejemplo, “no permitir votar las observaciones hechas al Acta de la sesión anterior, tal y como recoge la ley, no dar cuenta, en ningún Pleno, de los Decretos de Alcaldía o cambiar el contenido de los puntos del Orden del Día”.
Se cierra pues con carácter definitivo una de las muchas actuaciones que la oposición ha desarrollado estos años en contra del anterior equipo de gobierno y especialmente de su regidora.