Se ha convocado en una huelga de transporte en autobús que afecta tanto a autobuses urbanos como interurbanos, incluidos los autobuses escolares, en toda España. Están previstos nuevos paros lo días 11, 28 y 29 de noviembre, y 5 y 9 diciembre. Si no se llega a un acuerdo, amenazan con una huelga indefinida a partir del 23 de diciembre.
Las movilizaciones están provocadas por la petición de los trabajadores de que se revisen las condiciones de jubilación en el sector.
Son muchos los usuarios que habitualmente recurren a este transporte. Aunque se han establecido servicios mínimos, que según el Ministerio de Transportes y Movilidad Urbana, deberán ser como mínimo del 50% de las rutas previstas, estos paros pasan factura a los usuarios.
¿A qué tienen derecho los viajeros en autobús?
Los derechos de los viajeros de autobuses de larga distancia (má de 250 km) están contemplados reglamento comunitario sobre derechos de los pasajeros en autobús y autocar.
Los derechos de los viajeros ante retrasos y cancelaciones de autobuses pasan por el reembolso del billete a los usuarios afectados o la compensación en caso de abonos cuando corresponda. En algunos casos podrían tener derecho a una indemnización, que podrían establerse en función del retraso sufrido, oscilando entre del 50% y el 100% del precio del billete.
No es fuerza mayor
La huelga convocada no se considera una causa de fuerza mayor, por tanto en caso de que exista algún perjuicio, desde OCU recomendamos a los consumidores afectados reclamar. Es importante que conserven cualquier documentación que pueda servir para apoyar su queja: el billete, el abono...
Lo mejor, un acuerdo
Los viajeros tienen derecho a presentar reclamaciones y a que se les proporcionen los medios necesarios para hacerlo de forma accesible y eficiente.
En los autobuses de largo recorrido la normativa establece indemnización en caso de cancelación o retraso.
Las reclamaciones deben presentarse ante la empresa titular del servicio. El transportista tendrá un mes para contestar.
Si la respuesta no es satisfactoria siempre puedes reclamar a las Juntas Arbitrales de Transporte Terrestre, que en principio están obligadas a resolver todas las reclamaciones económicas que no excedan de 15.000 euros, derivadas principalmente de un contrato de transporte terrestre.
Garantizar los derechos de todos
Desde OCU recordamos que es fundamental que se respete el derecho constitucional a la huelga de los trabajadores, pero también es imprescindible que se garantice el derecho a la movilidad, y por eso instamos a los responsables a buscar soluciones cuanto antes, o disponer alternativas para los usuarios.
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