El Congreso aprueba en comisión los juzgados y jueces especializados en violencia contra infancia y adolescencia

El dictamen recoge el mandato establecido en la ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia

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Uno de los emblemáticos leones que se encuentran delante de la fachada del Congreso de los Diputados en la Plaza de las Cortes de Madrid. - Óscar J.Barroso - Europa Press - Archivo
Uno de los emblemáticos leones que se encuentran delante de la fachada del Congreso de los Diputados en la Plaza de las Cortes de Madrid. - Óscar J.Barroso - Europa Press - Archivo

La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este lunes el dictamen al Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, en el que se ha incluido la especialización de los juzgados y jueces en violencia contra la infancia y la adolescencia.

El dictamen ha sido aprobado con el apoyo de todos los grupos excepto del PP y Vox, que lo han rechazado. En total, ha recibido 20 votos a favor, 17 en contra y cero abstenciones.

El dictamen recoge el mandato establecido en la ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, "para abordar la atención de la infancia y adolescencia víctimas de violencia a través de la especialización de la justicia de los órganos judiciales y de sus titulares para la instrucción y enjuiciamiento de causas penales por delitos cometidos contra personas menores de edad".

En este sentido, añade que "la realidad de la violencia contra la infancia y la adolescencia hace urgente esta adaptación de la justicia, para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes víctimas o testigos".

Asimismo, contempla que los Tribunales de Instancia puedan estar integrados por secciones de Infancia y Capacidad y de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia.

Igualmente, se incluye una disposición adicional en la que se establece que, en el plazo de cuatro meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, y después de forma periódica, el Consejo General del Poder Judicial convocará el curso de formación especializada en familia, infancia y capacidad y en materia de violencia contra la infancia y adolescencia.

En este sentido, añade que "el Consejo General del Poder Judicial promoverá y facilitará la formación continuada de los magistrados y magistradas suplentes y jueces y juezas sustitutos" y que "el Gobierno dispondrá de igual modo la convocatoria de cursos de formación especializada para los miembros del Ministerio Fiscal".

Además, dispone que "el Gobierno y las Comunidades Autónomas con competencias sobre los equipos técnicos judiciales dispondrán la realización de cursos de formación de sus miembros en infancia, familia, infancia y capacidad y en materia de violencia contra la infancia y adolescencia".

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