La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de una mujer que se encontraba bebida y a la que dejó embarazada.
La sentencia, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, da "total credibilidad" a la versión de la mujer y considera acreditado que el acusado "se aprovechó del estado de gran embriaguez de la mujer y de la disminución apreciable e intensa de sus facultades anímicas que las dejaron inerme a los requerimientos sexuales del procesado".
Por ello, además de la condena de prisión, establece un alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima durante cinco años, una medida de libertad vigilada de otros cinco años tras la salida de prisión, y una indemnización de 10.000 euros.
Según el relato de hechos, ocurridos en Potes en 2015, el acusado y la mujer se conocieron en un pub donde estuvieron bailando. Después, la mujer y una amiga se fueron del lugar a otro establecimiento, al que posteriormente también llegó el acusado.
Durante toda la noche la mujer estuvo ingiriendo bebidas alcohólicas, por ese motivo se encontraba mal y, por ello, se fue a su coche con la intención de dormir un poco y reponerse de la ingesta etílica. Tras vomitar, se metió en el coche y se sentó en el asiento del copiloto, que reclinó hacia atrás.
Fue entonces cuando el acusado "tras ver lo que hacía la mujer y el estado en el que se hallaba, se introdujo en el coche de ésta por la puerta del conductor y le cogió las llaves del coche, para llevarla, según le dijo, a un sitio más tranquilo".
El hombre condujo el vehículo hasta un lugar apartado. Entonces, tras ver el estado en que se encontraba la mujer, "obnubilada y ofuscada, además de semiinconsciente y, por tanto, con sus facultades intelectivas y volitivas seriamente disminuidas por mor del alcohol ingerido", y tras constatar que "no iba a encontrar oposición por parte de la chica dado su estado, la condujo al asiento trasero del coche".
Entonces, la tumbó, le quitó la ropa, empezó a realizarle tocamientos y finalmente la penetró vaginalmente, "siempre aprovechando el estado en que se encontraba ella".
Consecuencia del acto sexual, la mujer quedó embarazada y no fue hasta que su estado era evidente cuando lo contó a la familia y entonces interpuso la denuncia.
Abuso sexual agravado
Para el tribunal, los hechos relatados constituyen un delito de abuso sexual con penetración vaginal "sobre persona que se halla prácticamente privada de sentido" como consecuencia de la previa ingesta de bebidas alcohólicas.
Para llegar a tal convencimiento, ha dado "total credibilidad" al testimonio de la mujer, que ha sido "en todo momento firme, conteste, coherente y sin ambigüedades".
Además, destaca que no se aprecia ningún móvil o motivo espurio dado que la mujer no le conocía de antes, no interpuso denuncia hasta que comprobó que se había quedado embarazada y cuando ya no pudo ocultarlo a su familia, y reconoció que el acusado ni la amenazó ni la golpeó.
Por el contrario, subraya que "sí que dijo, desde el primer momento, que le decía a él que 'no'", como se desprende de su declaración en fase de instrucción o en la vista del juicio, desmintiendo la afirmación de la defensa de que en un principio la mujer dijo que no había dicho "no".
En definitiva, "no observa la sala ninguna quiebra, contradicción o fisura lógica en las manifestaciones de la mujer", que son "perfectamente creíbles".
"Frente a la firme declaración de la víctima, las declaraciones del procesado han sido cambiantes", en aspectos como el lugar que uno y otro ocuparon dentro del coche, el sitio donde tuvieron lugar los hechos o en cómo se desarrolló la relación, señala.
Además de las declaraciones de ambos, la sentencia analiza los testimonios de la amiga de la chica y de los amigos del acusado, para determinar que todos ellos, de una o de otra manera, confirmaron que la mujer se encontraba bajo los efectos de las bebidas alcohólicas.
"La conclusión que se obtiene es que la chica había bebido esa noche en cantidad considerable" y que "en esas condiciones no era capaz de asentir a unas relaciones sexuales en las que el procesado claramente estaba aprovechándose del estado en que ella se encontraba", señala.