Apuntan desde la formación leonesista, que la disposición del punto 5 del acuerdo 2/2021, no se puede acomodar a lo dispuesto en el Real Decreto 926/2020, el cual contempla como tope inferior las 22:00 horas en su artículo 5, y no entraría dentro de las modificaciones que podrían realizar las comunidades autónomas respecto a lo contemplado en el punto 10, tal y como alegan en el preámbulo de la norma autonómica. Por eso, entienden que desde UPL, la Junta de Castilla y León está vulnerando el principio de jerarquía normativa contemplado en el artículo 9.3 de la Constitución Española, y desarrollado en otros cuerpos normativos como el Código Civil, contraviniendo lo dispuesto en una norma superior a la norma autonómica, todo un Real Decreto. Por otro lado, vulnera principios fundamentales como la libertad de circulación del artículo 19 de nuestra Carta Magna.
A todos los efectos, la ampliación del toque de queda a las 20.00 no le correspondería al Gobierno Autonómico, legislando sobre normas que no se pueden cumplir, creando con ello confusión y miedo, "que es de lo que son especialistas desde la institución autonómica", según UPL. Con ello pretenden compensar la “carta blanca a la movilidad”, que durante las fiestas de navidad, provocó el incremento de la incidencia acumulada y de positivos Covid que estamos sufriendo en esta tercera ola.
Desde UPL afirman que las Fuerzas y Cuerpos de seguridad no tienen un soporte normativo para hacer valer la ficción de norma que proponen desde la Junta, haciendo de ella una norma imposible, y confían en que no sancionarán entre las 20.00 y las 22.00 horas, haciendo cumplir el resto de normas que si se adaptan al Real Decreto, que supone su marco jurídico. Por ello, creen que los ciudadanos de la Región Leonesa y de Castilla seguirán paseando por las ciudades y pueblos sin temor a que los sancionen, dado que en el caso de ser sancionados, una vez notificada la misma, tendrán un plazo de alegaciones de 20 días, en el que podrán alegar nulidad de pleno derecho de la norma por la que le fue impuesta la sanción.
Por ello, sostienen desde UPL, que de seguir en esta línea, el Gobierno de España debería de ir pensando en imponer el artículo 155 de la Constitución para esta Comunidad Autónoma, dado que limita derechos fundamentales y contraviene el principio de Jerarquía Normativa; de igual modo le piden a la Junta que no siga haciendo el ridículo, y que dote a los centros médicos y a los consultorios rurales de medios adecuados para combatir esta tercera ola.