En este primer trimestre, el gasto en la prestación por paternidad en España ha experimentado un incremento interanual del 28,30%, mientras que en Zamora ha sido del 21,82%. En esta subida influye que hace un año el permiso de paternidad era de cuatro semanas y se amplió a cinco en julio. Desde el 1 de abril de 2019, esta prestación cubre ocho semanas, dos de ellas obligatoriamente tras el parto.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado 151 prestaciones económicas por maternidad hasta marzo y 156 por paternidad; mientras que a nivel nacional) ha gestionado 65.386 prestaciones económicas por maternidad hasta marzo y 70.705 por paternidad.
La cuantía de la prestación por maternidad es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).
Además, el padre puede disfrutar del tiempo cedido por la madre, que en 2019 puede ser de hasta cuatro semanas, al mismo tiempo que ella o a continuación, excepto en las seis primeras semanas de descanso obligatorio para la madre en caso de parto natural. En caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre. La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.
Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y, tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.
Hay que recordar que en cuando al permiso de paternidad, desde el 1 de abril, esta prestación se abona por un periodo de ocho semanas, que serán doce semanas en 2020 y dieciséis semanas en 2021, cuando se equiparará al permiso de maternidad, como está previsto en el Real Decreto 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
La cuantía del subsidio por paternidad es la misma que el importe del permiso por maternidad: 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes. El permiso por paternidad es compatible con el disfrute compartido del permiso por maternidad, cuando es cedido por la madre.