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Las solicitudes de plazas para las guarderías municipales deberán estar firmadas por ambos progenitores

El Ayuntamiento de Zamora incluirá esta resolución el Procurador del Común en la nueva Ordenanza municipal, en fase de revisión.

Guardería Municipal

El Ayuntamiento de Zamora incluirá en la nueva Ordenanza Reguladora del Funcionamiento y Precio Público de los Centros de Educación Infantil, que actualmente se encuentra en fase de modificación, una recomendación del Procurador del Común de Castilla y León sobre la obligatoriedad de la firma de las solicitudes de ingreso por parte de ambos progenitores.

El Procurador del Común ha dictado una resolución relacionada con la tramitación de solicitudes de admisión en las escuelas infantiles de primer ciclo, según la cual en los casos de ruptura familiar el ejercicio de la patria potestad implica la participación de ambos progenitores en cuantas decisiones relevantes afecten a sus hijos, considerándose la elección de centro y de estilo educativo una de ellas.

En concreto se propone que en la modificación de la Ordenanza se recoja el siguiente texto literal en el apartado de SOLICITUD: "Tramitación de las solicitudes de admisión a los Centros de Educación Infantil municipales. Especial referencia a los progenitores y tutores legales. La solicitud de admisión deberá estar firmada por ambos progenitores (o, en su caso, por ambos tutores legales) cuando éstos se encuentren en pleno ejercicio de su patria potestad, con independencia de la relación existente entre ellos en el momento de la solicitud". Se establecen no obstante algunas salvedades, como que haya por medio una resolución judicial, que uno de los progenitores resida en el extranjero, se desconozca su paradero u otras circunstancias debidamente acreditadas.

El alcalde de Zamora, Francisco Guarido, ha firmado este miércoles el decreto y la comunicación al Procurador del Común en el sentido de que el Ayuntamiento de Zamora adoptará dicha resolución y que incluirá en la nueva Ordenanza municipal, puesto que la Ordenanza actual se encuentra precisamente en fase de modificación. No obstante se advierte que esta directriz no afectará a la convocatoria para la admisión y renovación de plazas en los centros de educación infantil de la Aldehuela y Pablo Montesinos para el curso 2019-2020, que en estos momentos están en fase de resolución, "por lo que su impacto será efectivo en ulteriores convocatorias".

Actualmente las solicitudes pueden estar firmadas por uno de los progenitores, suponiendo el consentimiento expreso o tácito del otro, algo habitual y recogido en el Código Civil. Pero según esta resolución del Procurador del Común en el aspecto educativo y en los procesos de escolarización, por estar encuadrados en el ámbito de la patria potestad, si bien el progenitor que tenga encomendada la custodia del hijo es el encargado de supervisar el rendimiento escolar, no puede elegir el centro de forma unilateral; por lo que se entiende que la solicitud de admisión debe estar firmada por ambos progenitores, no siendo suficiente a este respecto el consentimiento tácito.

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