El ministro de Sanidad, Salvador Illa, firmó ayer una Instrucción por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en relación a las actividades permitidas y que afectan al libre derecho de circulación de las personas.
Dicha Instrucción ha sido publicada en el BOE núm. 76, de 20 de marzo de 2020 y habilita explícitamente “a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio".
Así pues, gracias a la intensa labor de presión ejercida tanto por Autismo España como por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), las personas con TEA que lo necesiten podrán salir a la calle acompañadas de otra persona, respetando las medidas establecidas para evitar contagiarse de coronavirus.
La instrucción surtirá plenos efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma.
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