De esta forma, según informa el departamento que dirige Salvador Illa, el test de VIH no está restringido en su realización a los centros sanitarios, pudiéndose hacer en cualquier lugar siempre y cuando se mantengan las condiciones mínimas de higiene y seguridad para su realización.
El resto de pruebas rápidas, como las de infecciones de transmisión sexual (ITS) o la hepatitis C, Sanidad señala que las tienen que realizar los profesionales sanitarios en centros, servicios o establecimientos sanitarios autorizados para ello.
Para ser autorizado como centro sanitario se requiere el cumplimiento de lo establecido los artículos 3 (bases generales de autorización) y 4 (cumplimiento de los requisitos de autorización) del Real Decreto 1277/2003 sobre Autorización de Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
No obstante, Sanidad recuerda que la normativa establece que serás las comunidades autónomas las que establezcan los requisitos para autorizar a un centro como 'centro sanitario' y a quien se debe solicitar dicha autorización para poder realizar pruebas rápidas distintas a las del VIH.