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Se reduce el plazo para el acceso a las prestaciones de las personas en situación de dependencia

El BOCyL publica este lunes la nueva Orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, que compendia todas las modificaciones normativas que Castilla y León ha incorporado al sistema en los últimos años para mejorar las prestaciones de las personas en situación de dependencia. Una de las principales novedades es la reducción progresiva del plazo para que las personas puedan acceder a las prestaciones de dependencia, que la normativa estatal establece en seis meses, con carácter general, desde la presentación de la solicitud, y que a partir de ahora, en esta Comunidad se irá reduciendo un mes por año, hasta llegar a los tres meses en 2020.

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La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha elaborado una Orden de prestaciones de dependencia que sustituirá a la vigente Orden FAM/644/2012, en la que se recogen todas las mejoras que la Junta de Castilla y León ha ido introduciendo en las prestaciones de dependencia a lo largo de estos últimos años, cumpliendo así con el compromiso del presidente Juan Vicente Herrera con los ciudadanos de esta región y los acuerdos alcanzados hace unos meses con los agentes sociales que participan en la Mesa de Diálogo Social.

La principal novedad que se incorpora es la reducción progresiva del plazo para el reconocimiento del derecho a las prestaciones de dependencia, cumpliendo así lo acordado en el Consejo del Diálogo Social del 10 de marzo de 2017. Hasta ahora, el reconocimiento del derecho se producía en el momento de la resolución, o, con carácter general, a los seis meses desde la presentación de la solicitud, según marca la normativa estatal.

A partir de ahora, en Castilla y León, ese plazo se reduce de manera progresiva y así, las solicitudes que se presenten a partir del 1 de enero de 2018, tendrán efectos a partir de los cinco meses. Las que se presenten a partir del 1 de enero de 2019, tendrán efectos a partir de los cuatro meses. Y las que se presenten desde el 1 de enero de 2020, tendrán efectos a partir de los tres meses. La financiación de esta medida se realiza con cargo al nivel adicional de protección de la Comunidad Autónoma. Paralelamente a esta reducción en el plazo de efectividad, la Orden recoge el establecimiento de plazos máximos para la emisión de los informes técnicos que se precisan para la resolución del procedimiento.

Castilla y león es la única Comunidad que ha adoptado una medida de estas características, ya que prácticamente la lista de espera es inexistente. Además, el incremento presupuestario destinado en 2018 para la dependencia, que se eleva a los 588,6 millones de euros (un 6,34% más que el año anterior) permitirá afrontar los costes de esta reducción de plazos.

Otra de las novedades que se introduce es una primera regulación del servicio de teleasistencia, que incluye la teleasistencia avanzada, conforme al acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del sistema para la autonomía y atención a la dependencia de octubre de 2017, sin perjuicio de la regulación completa que se haga de este servicio a través de una orden específica.

Además, en las fórmulas de cálculo de las prestaciones se sustituye el IPREM por un indicador propio que se actualiza igual que las pensiones. De este modo se evitan los perjuicios que ocasiona la congelación de ese indicador estatal, resuelve el problema que plantea las actualizaciones no regulares del IPREM y se ajusta plenamente a la evolución general de los ingresos de los beneficiarios.

La nueva Orden incorpora también el avanzado régimen de compatibilidades creado en los años anteriores. Así, se mantiene, entre otras, la compatibilidad para las personas con discapacidad, entre un servicio de atención residencial y un servicio de atención diurna, que puede ser un centro de día, un servicio de promoción de la autonomía personal o un servicio de asistencia personal. De manera que la persona recibe dos servicios o dos prestaciones vinculadas, con las que se garantiza la atención y el desarrollo de la autonomía de las personas con discapacidad que no pueden permanecer en su domicilio.

También se mantiene la posibilidad de que las personas que optan por ser atendidas por sus familiares mediante la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, puedan completar dicha prestación con servicios profesionales, ya sean públicos, o privados con una prestación vinculada específica para estos casos, y se amplía de quince días a un mes la posibilidad de recibir la ayuda para descanso del cuidador.

Finalmente, se mantiene la total flexibilización de la prestación vinculada a servicios, para que las personas puedan decidir en cada momento qué servicios necesitan y puedan cambiar de unos a otros o incluso simultanearlos, sin necesidad de tramitar nuevas solicitudes.

En definitiva, con esta orden se consolida y mejora el sistema de atención a la dependencia desarrollado en los últimos años en Castilla y León, reconocido por entidades tanto públicas como privadas, como el mejor valorado de España. Además, la Comunidad Autónoma es una de las Comunidades que más compatibilidades entre prestaciones ha establecido, y de un uso más flexible. Así, según los datos del Ministerio correspondientes al mes de noviembre, en Castilla y León, 88.154 personas tienen concedidas 114.194 prestaciones, lo que da una ratio de 1,3 prestaciones por persona dependiente, mientras que la media nacional está en 1,23.

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