Ante la propuesta realizada por la Fiscalía General del Estado de suavizar "el severo régimen punitivo" del Artículo 510 del Código Penal para los condenados por delitos de odio a través de las redes sociales, el Observatorio Español contra la LGBTfobia (STOPLGBTfobia) considera que si hay que modificar el citado Artículo, no es para suavizar penas, sino para eliminar ambigüedades en la consideración de delitos de odio, y sobre todo, para imponer limitaciones y equilibrios en los derechos de libertad de religión, opinión, información y expresión.
“Resulta evidente la proliferación del discurso del odio en las redes sociales, donde los contenidos insultantes, vejatorios, discriminatorios, o humillantes para con las víctimas o laudotorias, de apología o de exaltación para con los victimarios son cada vez más frecuentes. Además encuentran un caldo de cultivo propicio para su multiplicación de forma exponencial que intensifica sus efectos dañinos y provocadores colaterales, y genera una responsabilidad compartida de la culpabilidad por parte de los difusores y continuadores. Además esos mensajes o afirmaciones de odio y discriminación perduran en el medio digital en el tiempo, muchas veces permanentemente sin que los responsables de las redes sociales eliminen esos contenidos de odio.”
"Consideramos que la Fiscalía yerra en sus apreciaciones y en sus soluciones. No es cierto en absoluto que los propagadores del discurso del odio sean condenados a duras penas de prisión, puesto que estos casos mediáticos que trata de generalizar no llegan ni a la media docena, cuando la inmensa mayoría del discurso del odio en las redes sociales queda totalmente impune. Esta impunidad tiene tanto en el sistema de justicia como en los propietarios de las redes sociales a los principales responsables de este desajuste", afirma Paco Ramírez, presidente del Observatorio contra la LGBTfobia.
"Por un lado, los jueces no están aplicando de forma coherente y efectiva la legislación actual que contempla tanto el delito de odio, como el agravante de odio en otros delitos, amparándose en la ambigüedad legislativa actual, la falta de jurisprudencia o doctrina legal, y sobre todo la carencia de una unidad en los criterios jurídicos aplicados a los incidentes de odio y discriminación. Desde el Observatorio pedimos al Ministerio de Justicia que formalice un "Manual de Actuación Judicial ante procedimientos de discriminación y odio", que fije un corpus jurídico que pueda aplicarse en el tratamiento de estos incidentes. Asimismo, es necesaria una mayor formación de jueces y fiscales en este tipo de delitos, para que puedan aplicar los mecanismos jurídicos actuales con coherencia y efectividad, y se eviten las vaguedades legislativas", sostiene Paco Ramírez.
"La Fiscalía está tergiversando la actualidad jurídica, puesto que sólo se han dado unos pocos casos contados de condenas a personas culpables de difundir exclusivamente unas expresiones particulares del total de los posibles discursos de odio. A saber: en el caso de vejaciones a víctimas o a la jefatura del Estado, o para la exaltación o apología del terrorismo o el homenaje a sus autores. El resto de los diferentes discursos del odio o bien han quedado impunes o bien han tenido penas mínimas o irrisorias. Desde el Observatorio no apoyamos una mayor laxitud, sino una mayor cohesión y una mejor aplicación de la legislación vigente", continúa el director del Observatorio STOPLGBTfobia.
"El Observatorio propone al Ministerio de Justicia que estudie poner limitaciones a las libertades de religión, informacion, opinión y expresión para evitar la impunidad del discurso del odio en las redes sociales y la colisión de derechos fundamentales. Libertad de expresión no puede seguir significando libertad de agresión, y por tanto deben ponderarse los diferentes derechos para que todos podamos expresarnos en libertad pero sin atacar peyorativamente a otros", afirma su director.
"Desde STOPLGBTFOBIA estamos evidentemente a favor de la justicia reparativa y de la reinserción social, por lo que coincidimos con la Fiscalía General del Estado en ofrecer mecanismos alternativos para los casos de pequeñas penas y multas para reinsertar a los victimarios con trabajos en beneficio de la comunidad relacionada con el delito cometido. Por ello tenemos las puertas abiertas para un servicio de voluntariado reparativo de delitos de odio y discriminación contra la orientación sexual y la identidad/expresión de género. La mejor forma de erradicar el odio y la discriminación es desde la información y el conocimiento cercano que elimine prejuicios y estereotipos, y empatice a victimarios y víctimas", finaliza Paco Ramírez.
El Observatorio contra la LGTBfobia denuncia la impunidad en el discurso de odio en redes sociales
Piden que el Artículo 510 sea menos ambiguo y más efectivo en su aplicación. Además solicitan imponer limitaciones y equilibrios en los derechos de religión, opinión, información y expresión.
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