Uso obligatorio de mascarilla en Zamora desde este sábado: obligaciones, excepciones y multas

Así lo aprobó el jueves el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León. Tras la publicación en el BOCyL el viernes, es este sábado cuando entra en vigor la medida y ya se puede empezar a multar por no llevar la mascarilla. Apenas hay un puñado de excepciones.

 Guardia civil mascarillas
Guardia civil mascarillas

Desde este sábado ya no hay excusas. La mascarilla será obligatoria en Zamora, al igual que en gran parte del territorio nacional. Así lo aprobó el jueves el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León. Además, tras la publicación en el BOCyL el viernes, es este sábado cuando entra en vigor la medida.

El documento recoge que es obligatorio el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros y además el uso de la mascarilla.

MASCARILLA OBLIGATORIA

- Las personas mayores de seis años llevarán mascarilla en todo momento tanto en la vía pública o en espacios al aire libre, como en espacios cerrados de uso público o zonas de atención al público de edificios tanto de titularidad pública como privada cuando sea previsible la concurrencia en el mismo espacio con personas no convivientes.

- Será también obligatorio el uso de la mascarilla en todo tipo de transportes públicos o privados, excepto cuando todos los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio.

- En el caso de motocicletas o ciclomotores deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio.

- El uso obligatorio de la mascarilla incluye su uso adecuado, de modo que cubra desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida.

- La mascarilla no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en los usos profesionales para los que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.

EXCEPCIONES PARA NO LLEVAR MASCARILLAS

- En situaciones de consumo de alimentos y bebidas.

- Durante la práctica de actividad física.

- En los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de los núcleos de población.

- En las piscinas, siempre que se mantenga la distancia interpersonal.

- No será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

MASCARILLA EN EL TRABAJO

En el desarrollo de su actividad laboral, las personas trabajadoras deberán:

- Mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros, en el desarrollo de toda la actividad laboral, debiendo utilizar mascarilla en los términos establecidos en el presente Plan excepto si la actividad se desarrolla al aire libre fuera de los núcleos de población.

- Evitar, en la medida de lo posible, utilizar equipos y dispositivos que hayan sido utilizados en la jornada de trabajo por otro trabajador, salvo que estén desinfectados antes de usarlos. En caso contrario, es recomendable lavarse las manos con agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes, antes y después de cada uso.

MULTAS

Los ciudadanos que no lleven mascarilla se enfrentarán a multas de 100 euros en Castilla y León, según lo ha precisado este viernes el vicepresidente de la Junta, Francisco Igea.

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