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Amplían el plazo para la concesión de ayudas al alquiler por vulnerabilidad motivada por la Covid-19 hasta el 31 de diciembre de 2021

Además, el Ministerio ha acordado ampliar los plazos de solicitud y de formalización de los préstamos para el pago del alquiler a arrendatarios vulnerables como consecuencia de la pandemia del COVID-19 hasta el 30 de noviembre

Viviendas en Zamora. Archivo.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) haampliado el plazo para la concesión de ayudas al alquiler por vulnerabilidadmotivada por la Covid-19 hasta el 31 de diciembre de 2021, a través deuna Orden Ministerial publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado quesuprime el límite de plazo para la solicitud de la ayuda y con ello semantiene como único plazo el establecido con carácter genérico para laconcesión de ayudas del Plan, fijado en el 31 de diciembre de 2021. 

Dicha norma modifica la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que seincorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del PlanEstatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en losartículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por elque se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social yeconómico para hacer frente al COVID-19. 

Asimismo, las Comunidades Autónomas pueden convocar ayudas concargo al programa de ayudas para contribuir a minimizar el impactoeconómico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, con cargo al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, durante toda la vigenciadel Plan, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2021.

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptanmedidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico parahacer frente al COVID-19, establece, entre otras, determinadas medidasencaminadas a paliar el fuerte impacto económico y social que estáafectando a los ingresos de muchos ciudadanos que venían disfrutando desus viviendas habituales como arrendatarios, dificultando el pago de susrentas arrendaticias. 

En su artículo 10, se insta a la inclusión en el Plan Estatal de Vivienda2018-2021 de un nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar elimpacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de viviendahabitual. 

En cumplimiento de dicho mandato ha sido publicada en el B.O.E. delpasado día 11 de abril, la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, en la que seregula este nuevo programa, que tiene por objeto ayudar a losarrendatarios a solventar el pago del alquiler como consecuencia de lavulnerabilidad sobrevenida y transitoria que, en su caso, genere lapandemia del COVID-19. La ayuda es de hasta seis mensualidades, conun máximo de 5.400 euros, a razón de 900 euros por mensualidad comoimporte máximo. Esta Orden establecía como fecha límite para solicitar laayuda el 30 de septiembre de 2020. 

La reciente evolución de la pandemia hace recomendable prorrogar esteplazo.

Otras medidas ampliadas por Mitma

Además, el Ministerio ha aplicado otras medidas recientes como la OrdenTMA/924/2020, de 29 de septiembre, por la que se prorroga el plazo parasolicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por elEstado previstos en el artículo 8 de la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril,y en el Convenio con el Instituto de Crédito Oficial, para la gestión de losavales y de la subvención de gastos e intereses por parte del Estado aarrendatarios en la "Línea de avales de arrendamiento COVID-19. 

Con esta orden, Mitma e ICO, han acordado ampliar los plazos de solicitudy de formalización de los préstamos para el pago del alquiler aarrendatarios vulnerables como consecuencia de la pandemia de la COVID-19 hasta el 30 de noviembre y para su formalización hasta el 31 dediciembre, de 2020.

Los arrendatarios que, como consecuencia del impacto social y económicode la COVID-19, tengan problemas para atender el pago del alquiler de suvivienda habitual, pueden seguir accediendo en los próximos días apréstamos de hasta 5.400 euros, con el límite de seis mensualidades delalquiler y de 900 euros por mensualidad. 

Estos préstamos, cuyo importe llegará al arrendador, serán sin interesesni gastos a cargo del arrendatario (subvencionados por el Estado), sedevolverán en un plazo de hasta 10 años y serán concedidos por lasEntidades de crédito con la mediación del ICO. 

Asimismo, el Ministerio incorporó en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 deseptiembre, de medidas sociales en defensa del empleo:

- La ampliación del plazo de suspensión extraordinaria del procedimiento de desahucio en casos de vulnerabilidad de arrendatarios sin alternativa habitacional, favoreciendo la acción de los servicios sociales.

- La ampliación hasta la misma fecha del 31 de enero la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta del alquiler de vivienda, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública.

- Se extiende la posibilidad de prorrogar seis meses los alquileres de vivienda que finalicen hasta el 31 de enero de 2020, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor.

Todas estas medidas se enmarcan dentro de un conjunto de actuacionesque Mitma ha estado impulsando durante todos estos meses y en las quesigue trabajando, con el objetivo de garantizar el acceso a una vivienda.

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