En la Mesa de Negociación de la Universidad de Salamanca en sesión celebrada el pasado 11 de septiembre se aprobó el nuevo Documento de Instrucciones sobre las condiciones de trabajo en el marco de la nueva realidad que marca el inicio del curso 2020-2021 y por el que se adoptan medidas sanitarias preventivas para la contención de la COVID-19.
Las nuevas condiciones estarán vigentes a partir del día 16 de septiembre, no obstante, podrán ser sustituidas o adaptadas si las circunstancias de la evolución de la pandemia así lo aconsejan y, en todo caso, en el marco de los requerimientos que las autoridades educativas y sanitarias establezcan en el contexto de sus ámbitos competenciales.
Los elementos básicos a considerar, y en el contexto de los cuales, esta propuesta ha sido elaborada son, un escenario de docencia presencial, o en su caso, híbrida o bimodal; la normativa específica publicada por el Ministerio de Universidades; y las normas específicas de la Junta de Castilla y León publicadas posteriormente al 25 de junio. Cabe recordar que, además, en el protocolo de actuación frente al COVID 19 aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 30 de Julio establecen las líneas básicas de la Universidad en defensa de la salud pública de todos sus miembros.
En este sentido, la USAL recuerda que se deben mantener las medidas de prevención de la salud frente al Covid-19, poniendo especial cuidado en:
Continuar con todas las medidas de protección individual tanto en los espacios comunes como en los espacios de trabajo.
Proseguir con las medidas de organización del trabajo que faciliten un desempeño seguro de la actividad universitaria, mediante un ajuste y reducción del trabajo presencial; de turnos de trabajo; de teletrabajo; de citas previas; y/o de administración electrónica; entre otros.
Mantener las medidas de gestión de los flujos de personas en los espacios universitarios para evitar aglomeraciones.
En líneas generales, en cuanto al horario de apertura de centros y edificios universitarios se garantizará la apertura de los centros de 8:00 h. a 21:00 horas, de lunes a viernes, con carácter general, salvo las excepciones que establece el Calendario Laboral. Además, el cómputo de jornada laboral del personal será el correspondiente a la jornada ordinaria salvo los periodos de jornada reducida establecidos en el Calendario Laboral 2020. Los registros de control horario tendrán en cuenta, en su caso, la bimodalidad de trabajo presencial-teletrabajo que se establecen en estas normas, siendo los jefes de servicios, directores y responsables de las diferentes unidades los encargados de certificar el cumplimento de los objetivos en las fases de teletrabajo por cada trabajador.
Modalidad de prestación de servicios
La modalidad presencial de prestación del servicio en los respectivos centros y lugares de trabajo se complementará con la potenciación de la modalidad no presencial, tal y como se establece en el Real Decreto-Ley 21/2020.
Los directores, jefes de Servicios y Unidades, así como los administradores de centros deberán remitir a Gerencia los planes de trabajo y establecer los turnos adecuados entre el personal, tanto en modalidad presencial como la no presencial y la bimodalidad de trabajo presencial-teletrabajo, para cumplir adecuadamente las funciones de cada servicio y respetar, en todo caso, la distancia interpersonal de 1,5 m. en los puestos de trabajo. La distancia es de obligado cumplimiento y la que constituye el criterio prioritario para el establecimiento y organización de turnos. Se procurará, siempre que sea posible, que coincidan los mismos trabajadores en los correspondientes turnos.
Además, se priorizará la prestación de trabajo en modalidades no presenciales para los trabajadores que, tengan a su cargo menores de hasta 14 años y que no puedan asistir a clases por las circunstancias que fuera (cuarentenas, entre otras…); tengan a su cargo personas mayores, dependientes o con discapacidad; o por cualquier sospecha, previa a la obtención de los resultados de los test, de haber estado en contacto con la COVID-19.
Por otra parte, la modalidad no presencial tendrá carácter voluntario y podrá ser reversible por razones de carácter organizativo y de necesidades del servicio, por solicitud del trabajador, por incumplimiento de los objetivos establecidos, o bien si variasen las circunstancias que motivaran el disfrute de esta modalidad.
Atención al público y bibliotecas
En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática, aunque en situaciones de urgencia se realizará la atención presencial sin cita previa. Por ello se mantiene la recomendación de cita previa. El aforo estará limitado y se asegurará la distancia interpersonal de 1,5m.
En otro orden de cosas, en la Mesa de Negociación se acordó que a partir del 16 de septiembre las bibliotecas abrirán en el horario habitual, mañana y tarde, establecido en el calendario laboral vigente. Para acceder a las bibliotecas será obligatorio llevar mascarilla y lavarse las manos con gel hidroalcohólico, respetar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1.5 metros y utilizar los circuitos diseñados para la circulación en el interior de la biblioteca, así como para la entrada y salida de la misma.
Las bibliotecas prestarán los servicios para las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, información bibliográfica y bibliotecaria y préstamo interbibliotecario, junto con el resto de actividades ordinarias propias del servicio bibliotecario. Se requerirá la cita previa, el encargo y/o la reserva en la prestación de los servicios, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios y la de los propios trabajadores, evitando colas y aglomeraciones, así como la adecuada trazabilidad de aquellos. El procedimiento para la cita previa se encuentra disponible en la página web del Servicio de Bibliotecas: Procedimiento para la solicitud de los servicios bibliotecarios con cita previa
Actividades deportivas
En las instalaciones de la USAL la práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, hasta un máximo de cinco personas, de forma simultánea sin contacto físico, según establece la normativa vigente de la Junta de Castilla y León, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria.
En las instalaciones y centros deportivos cubiertos también podrá realizarse actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sin contacto físico. La práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea en el caso de los entrenamientos. Para la actividad físico-deportiva grupal deberá velarse porque la composición de los mismos sea estable, con los mínimos cambios entre los miembros que lo conforman, que únicamente se llevarán a cabo por circunstancias ineludibles.
Los deportistas integrados en club de la USAL podrán realizar entrenamientos de tipo medio-alto, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como en la realización de entrenamientos tácticos en grupos de varios deportistas hasta un máximo de cinco, manteniendo las distancias de seguridad de dos metros de manera general y evitando, en todo caso, situaciones en las que se produzca contacto físico.
Es necesaria la concertación de cita previa para la realización de las actividades deportivas en las instalaciones y centros. Asimismo, la celebración de eventos deportivos y competiciones deportivas en instalaciones deportivas o en la vía pública podrán desarrollarse con público, con un límite de veinticinco personas para lugares cerrados y de cincuenta personas tratándose de actividades al aire libre.
Colegios Mayores y Residencias
Los colegios mayores y residencias de la Universidad de Salamanca estarán abiertos con el horario establecido para los mismos en el Calendario Laboral 2020.
Los comedores de los Colegios Mayores y Residencias realizarán dos turnos de comida: de 13:30 h. a 14:30 h. (exclusivamente para sus colegiales) y de 14:30 a 15:30 (para la comunidad universitaria en general).
Prórrogas de permisos y vacaciones
De acuerdo a la singularidad del año académico y a los posibles efectos adversos que puede tener la concentración de solicitudes de permisos y vacaciones del personal de la USAL, se acordó establecer que, en ningún momento, ninguna administración, servicio o unidad se podrá quedar sin atención para los jefes de servicios, directores de unidades y administradores velarán por ello; se prorroga hasta el 25 se marzo de 2021 el plazo para cumplir los permisos legalmente establecidos definidos como Asuntos Particulares y Distinciones correspondientes al año 2020; además de que las vacaciones anuales se disfrutarán a lo largo del año 2020.