La consejera de Empleo e Industria, Carlota Amigo, hadetallado esta mañana el contenido de las bases reguladoras de las ayudas aafectados por Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTEs) –cuya ordenrecoge hoy el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl)–, que se han mejoradopara apoyar a los trabajadores más perjudicados.
El objetivo es que el complemento económico aportado por laJunta para compensar la pérdida de poder adquisitivo de estas personasbeneficie a quienes han sufrido durante más tiempo la suspensión de su empleo ola reducción de su jornada como consecuencia del COVID-19.
Estas subvenciones tendrán un crédito de seis millones deeuros, tal y como se comprometió dentro del plan de medidas extraordinariaspara la protección de empresas, autónomos, trabajadores y familias frente alCOVID-19, acordado el 25 de marzo en el Consejo del Diálogo Social.
La normativa publicada hoy sustituye a una anterior –laOrden 368/2020, de 29 de abril–, que fue dictada hace casi dos meses en un contextomuy diferente al actual. Es preciso, por lo tanto, adaptar la regulación de lasayudas autonómicas tanto al nuevo escenario económico, como al contenido de losdecretos aprobados por el Gobierno central en materia laboral, comoconsecuencia de los acuerdos alcanzados en el Diálogo Social de ámbitonacional.
Periodo mínimo de 45días en regulación
A los incentivos de la Consejería de Empleo e Industriapodrán optar los trabajadores –con una base de cotización de hasta 1.600 euros–inmersos en un ERTE por causa de fuerza mayor durante un mínimo de 45 días. Deeste modo, se persigue que los recursos lleguen a las personas que más tiempohan permanecido en esta situación.
El importe de la subvención queda establecido en siete eurospor jornada completa en regulación. Y se establece que la suma de la prestaciónque ingresa el afectado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y laayuda que percibe de la Junta no exceda de la base de cotización determinada enla convocatoria. Dicho de otro modo, el trabajador no podrá tener unaretribución más alta estando en regulación que en activo.
Con estas modificaciones, se garantiza que los trabajadoresincursos en un ERTE que se prolonga en el tiempo puedan acceder a las ayudasautonómicas. Esta posibilidad no sería viable si se dictase una orden deconvocatoria ajustada a las bases que fueron publicadas en el Bocyl de 30 deabril, puesto que no podría establecerse una discriminación positiva en favorde los ocupados sujetos a una regulación durante más semanas.
Actualización a loscambios introducidos en la normativa laboral estatal
Hay que tener en cuenta que el acuerdo inicial alcanzado enel Consejo del Diálogo Social de Castilla y León en torno a estas subvencionesse produce en un contexto sanitario y económico muy diferente al actual, dondeaún resultaba difícil prever la duración de la crisis. Prueba de ello es que elpropio Gobierno central se ha visto obligado a ir modificando la normativaestatal en torno a los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal.
Primero, al vincular la fuerza mayor a la causaextraordinaria del COVID-19. En segundo término, para regular la figura de losERTEs parciales y permitir a las empresas la afectación y desafectación de susempleados en función de la progresiva reanudación de su actividad. Yfinalmente, para fijar su horizonte temporal, un criterio que fue actualizadopor última vez el pasado viernes, 26 de junio, cuando el Consejo de Ministrosaprobó la prórroga de los ERTEs hasta el 30 de septiembre.
Solicitud por partedel interesado
Estas circunstancias han llevado a la Consejería de Empleo eIndustria a acomodar las ayudas al actual escenario. En esta línea, se haadaptado la regulación para que sean los propios afectados quienes puedansolicitarlas, y no las empresas, como ocurriría de no modificarse las basespublicadas. El motivo de este cambio es que ahora ya están abiertos al públicolos registros administrativos, lo que permite al interesado entregardirectamente su solicitud de forma presencial, sin excluir la vía telemática.
Por otra parte, se ha redefinido el tamaño de la empresacomo un criterio para tener en cuenta al fijar los potenciales beneficiarios dela ayuda. Así, podrán solicitar este complemento quienes pertenezcan acompañías de hasta 250 empleados, y no a centros de trabajo con esa plantilla,como recogen las bases ya publicadas. Esto permitirá priorizar los recursos yasignarlos a trabajadores de pequeñas y medianas empresas –que constituyen labase del tejido productivo autonómico–, habitualmente con salarios másajustados.
Apoyos a losautónomos con más dificultades
Por otra parte, Carlota Amigo ha informado de la normativareguladora del programa ‘Reincorpórate’, que cuenta con un crédito de cincomillones de euros. Esta línea, también incluida en el plan de medidasextraordinarias para la protección de empresas, trabajadores y familias frentea la crisis del COVID-19, pretende respaldar a los autónomos que se han vistoobligados a cesar su actividad como consecuencia de la pandemia y quierenretomar su negocio. Para ello, se habilita una subvención equivalente al 40 %de la cuota de la Seguridad Social durante tres meses.
La Consejería de Empleo e Industria ha publicado hoy lasbases reguladoras de estas ayudas, que se van a dirigir a los trabajadores porcuenta propia con menos ingresos y, por lo tanto, a los que pueden tener másdificultades para retomar su proyecto.
La próxima orden de convocatoria establecerá un tope a losrendimientos netos de actividades económicas como uno de los criterios parapoder acceder a estas ayudas, que se limitarán también a aquellos autónomos conun número máximo de empleados a su cargo.