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​Limitado al 50% el aforo en el acceso al cementerio ante el Día de Todos los Santos

La orden publicada en el Bocyl tiene vigencia entre el 24 de octubre y 8 de noviembre

Cementerio

El Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl) publica hoy laorden en la que se establecen medidas sanitarias preventivas, entre el 24 deoctubre y 8 de noviembre, sobre control de acceso y aforo en cementerios, con ocasiónde la festividad de Todos los Santos, para hacer frente a la crisis sanitariaocasionada por la COVID-19 en Castilla y León.

La próxima festividad del Día de Todos los Santos y elprevisible aumento de la afluencia de personas a los cementerios de laComunidad de Castilla y León, tanto en dicha festividad como en los díasprevios y posteriores a la misma, aconseja la regulación de las visitas a loscementerios, de modo que se garantice el cumplimiento de las medidas para hacerfrente a la crisis sanitaria por la COVID-19 aprobadas por el Acuerdo 46/2020,de 20 de agosto.

Para ello se considera necesario aprobar una orden en la quese establezca un período de tiempo en el que el acceso a los cementerios deberáestar limitado y se permita que los Ayuntamientos y titulares de otroscementerios, si lo estiman necesario, para evitar aglomeraciones, puedanlimitar durante todo el período o durante los días de mayor afluencia, eltiempo de cada visita.

Entre los días 24 de octubre de 2020 y 8 de noviembre de2020, los titulares de los cementerios deberán cumplir las siguientes medidaspreventivas: Se establecerán controles de acceso en los cementerios procurandoque el aforo se mantenga al 50 por ciento, garantizando el mantenimiento de ladistancia interpersonal.

El aforo se calculará sobre el espacio libre deconstrucciones del cementerio y se considerará que la superficie de cementerioa ocupar por cada persona será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.

Cuando las características del cementerio lo permitan deberáestablecerse un doble circuito facilitando el tránsito de personas en un solosentido por el recinto del cementerio, evitando el cruce de personas por loscaminos.

En todo caso, se deberán emplear todos los medios necesariospara que se mantenga en todo momento el uso de la mascarilla, la distanciainterpersonal de al menos 1,50 metros y las medidas de higiene y protección.

A fin de garantizar la asistencia a los cementerios encondiciones de seguridad sanitaria, podrán establecer límites en el tiempo depermanencia en el cementerio y en los aparcamientos con el fin de facilitar elcontrol del aforo.

Se recomienda, recordar a los usuarios, mediante carteleríavisible u otros medios, las normas de higiene y prevención a observar, señalandola necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible conla COVID-19.

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