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Un Juzgado estima por primera vez una demanda contra el Popular sobre acciones compradas antes de 2016

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Móstoles (Madrid) ha estimado una demanda interpuesta por una empresa contra Banco Popular, ahora Banco Santander, por la compra de acciones de la entidad resuelta en el mercado secundario en el ejercicio 2013.

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Con este fallo, la magistrada Ana Mercedes Merino Melara abre la puerta a que miles de afectados puedan reclamar la adquisición de títulos de Banco Popular con anterioridad al ejercicio 2016, que hasta ahora habían sido siempre desestimadas por considerar que esas cuentas eran correctas.

Banco Santander --como sociedad absorbente-- tendrá que devolver a los demandantes, defendidos por el despacho Durán & Durán Abogados, el dinero invertido el 18 de diciembre de 2013 por un importe de 31.554,72 euros más el interés legal correspondiente desde el 5 de febrero de 2019 hasta ahora. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

Los accionistas e inversores mantuvieron una creencia errónea de que la entidad era solvente, inducida por el propio Popular, que aseguraba que cumplía con la legalidad vigente, con sus obligaciones, y que se encontraba en una situación financiera saneada, normal, como cualquier otra compañía cotizada, recoge el escrito.

"La información proporcionada por Banco Popular durante todos estos ejercicios no ha sido transparente, no ha proporcionado la imagen fiel de su situación financiera, de forma que no ha existido una formación correcta de los precios, al haberse ocultado la verdadera situación del banco", señala.

Merino Melara insiste en la sentencia que la información del Popular era "falsa y continuada en el tiempo", aparentando una situación de normalidad durante muchos años. Asimismo, explica que el "fracaso total" de la inversión de los apelantes no fue consecuencia de las fluctuaciones normales del mercado, sino de un "importante" deterioro financiero precedido de información incorrecta sobre la salud de la entidad.

También hace referencia a la compra en 2012 por el Popular de Banco Pastor, una entidad que arrastraba "un importante paquete de activos tóxicos inmobiliarios". "Esta decisión resultaría sumamente negativa en el devenir del banco. Banco Pastor tenía más de 9.300 millones de euros en activos inmobiliarios dentro de un balance de 29.000 millones", indica.

Del mismo modo, incluye en su fallo una declaración del inspector del Banco de España Ignacio Pardo --a cargo del Popular entre 2008 y 2010-- en la Comisión de Investigación sobre la crisis financiera en el Congreso de los Diputados, quien aseguró que la entidad tenía problemas estructurales desde hacía muchos años por su elevada concentración en el sector de la construcción.

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