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​La Justicia ratifica que los consejos reguladores de las DO de origen e IGP sean entidades verificadoras del producto

Vinodeotoro

Una sentencia de 5 de noviembre de 2020 de la Sala de loContencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leónde Valladolid declara la legalidad del Decreto de la Junta de 2018 al regularlos consejos de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria comoentes verificadores de la corrección de los productos antes de su venta. Lademanda fue interpuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y laCompetencia, y además de la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta,se han personado como codemandados la denominación de origen Ribera de Duero yla de Rueda.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competenciaimpugnó el artículo 49 del Decreto de la Junta de 20 de diciembre de 2018 porel que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de CalidadAlimentaria de Castilla y León, entendiendo que con dicha regulación sevulneraban y mermaban los principios de la libre competencia, al impedir unsistema de control por terceros organismos de certificación acreditados.

La regulación aprobada a propuesta de la Consejería de Agricultura,Ganadería y Desarrollo Rural establece que la verificación de que los productoscumplen, antes de su comercialización, con los pliegos de condiciones de unadenominación de origen protegida vitivinícola o de las indicaciones geográficasprotegidas de productos agroalimentarios, puede ser realizada por el consejoregulador de las mismas, siempre que cuenten con la correspondienteacreditación europea ISO.

Como argumentan los Servicios Jurídicos de la Junta, lasentencia confirma la legalidad de lo establecido en el Decreto, pues esafunción de verificación corresponde a la Administración autonómica, y ésta sela puede atribuir por delegación a otros organismos reguladores, entre los quepueden estar perfectamente los consejos reguladores, que forman parte de lallamada administración corporativa, cosa que ha efectuado la norma.

Señala Luis Miguel González Gago, director de los ServiciosJurídicos de la Consejería de la Presidencia, su satisfacción por elpronunciamiento de la sentencia, si bien aclara que todavía no es firme ya quecabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, remarcando que, en todocaso, así el desarrollo de las actuaciones y competencias de verificación semantienen, al menos parcialmente, en la órbita administrativa, en lugar depasar su ejercicio a reguladores privados.

Establece la sentencia que la Junta ha optado novedosamente,dentro de su potestad de auto organización y en ejercicio de su potestadreglamentaria, y así se justifica adecuadamente en la exposición de motivos delDecreto, por un modelo de verificación consistente en atribuírselo a losconsejos reguladores frente a otros modelos de atribución de esta verificación,en régimen abierto, a organismos certificantes acreditados, modelo novedoso queincluso estuvo planteado por el Estado durante la tramitación de los proyectosde los que luego resultaría su Real Decreto de 2017 que regula esta materia enese ámbito, y que además está avalado por una sentencia del TribunalConstitucional de 14 de febrero de 2013.

Según el registro oficial de la Consejería de Agricultura,Ganadería y Desarrollo Rural, Castilla y León cuenta 13 Denominaciones deOrigen vitivinícolas y 1 Indicación Geográfica Protegida, que se veríanbeneficiadas por esta sentencia y, asimismo, también se beneficiarían las novínicas, donde existen 4 Denominaciones de Origen Protegidas y 19 IndicacionesGeográficas Protegidas.


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