​La Justicia ratifica que los consejos reguladores de las DO de origen e IGP sean entidades verificadoras del producto

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 Vinodeotoro
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Una sentencia de 5 de noviembre de 2020 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid declara la legalidad del Decreto de la Junta de 2018 al regular los consejos de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria como entes verificadores de la corrección de los productos antes de su venta. La demanda fue interpuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y además de la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Junta, se han personado como codemandados la denominación de origen Ribera de Duero y la de Rueda.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impugnó el artículo 49 del Decreto de la Junta de 20 de diciembre de 2018 por el que se aprueba el Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, entendiendo que con dicha regulación se vulneraban y mermaban los principios de la libre competencia, al impedir un sistema de control por terceros organismos de certificación acreditados.

La regulación aprobada a propuesta de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural establece que la verificación de que los productos cumplen, antes de su comercialización, con los pliegos de condiciones de una denominación de origen protegida vitivinícola o de las indicaciones geográficas protegidas de productos agroalimentarios, puede ser realizada por el consejo regulador de las mismas, siempre que cuenten con la correspondiente acreditación europea ISO.

Como argumentan los Servicios Jurídicos de la Junta, la sentencia confirma la legalidad de lo establecido en el Decreto, pues esa función de verificación corresponde a la Administración autonómica, y ésta se la puede atribuir por delegación a otros organismos reguladores, entre los que pueden estar perfectamente los consejos reguladores, que forman parte de la llamada administración corporativa, cosa que ha efectuado la norma.

Señala Luis Miguel González Gago, director de los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, su satisfacción por el pronunciamiento de la sentencia, si bien aclara que todavía no es firme ya que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, remarcando que, en todo caso, así el desarrollo de las actuaciones y competencias de verificación se mantienen, al menos parcialmente, en la órbita administrativa, en lugar de pasar su ejercicio a reguladores privados.

Establece la sentencia que la Junta ha optado novedosamente, dentro de su potestad de auto organización y en ejercicio de su potestad reglamentaria, y así se justifica adecuadamente en la exposición de motivos del Decreto, por un modelo de verificación consistente en atribuírselo a los consejos reguladores frente a otros modelos de atribución de esta verificación, en régimen abierto, a organismos certificantes acreditados, modelo novedoso que incluso estuvo planteado por el Estado durante la tramitación de los proyectos de los que luego resultaría su Real Decreto de 2017 que regula esta materia en ese ámbito, y que además está avalado por una sentencia del Tribunal Constitucional de 14 de febrero de 2013.

Según el registro oficial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Castilla y León cuenta 13 Denominaciones de Origen vitivinícolas y 1 Indicación Geográfica Protegida, que se verían beneficiadas por esta sentencia y, asimismo, también se beneficiarían las no vínicas, donde existen 4 Denominaciones de Origen Protegidas y 19 Indicaciones Geográficas Protegidas.


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