Desde la declaración del estado de alarma se ha producido una reducción significativa de la demanda de movilidad en concordancia con las restricciones de movimiento impuestas a la ciudadanía, salvo algunas excepciones, entre otras, a las personas que acuden a su puesto de trabajo (especialmente en sectores esenciales) o bien relacionadas con la prestación de servicios básicos.
Por otra parte, la utilización de los medios de transporte público, a pesar de las medidas preventivas adoptadas por las distintas Administraciones Públicas, siguen siendo un elemento de riesgo que implica una especial responsabilidad en la utilización de los diferentes modos de trasporte y una llamada al uso del vehículo privado (ocupado por una sola persona), de forma excepcional durante el periodo de alarma.
Por tanto, es preciso arbitrar medidas que no dificulten su utilización por quien debe acudir a su puesto de trabajo en unas circunstancias excepcionales. Entre estas medidas se han de destacar todas aquellas que favorezcan el estacionamiento de vehículos en la vía pública ya sea mediante la ampliación de zonas de carga y descarga o mediante la supresión de las áreas de estacionamiento limitado que abaraten el coste del uso del vehículo privado y faciliten su utilización, en unos momentos donde el transporte público no puede dar, por motivos sanitarios, una respuesta adecuada a las necesidades de movilidad de la ciudadanía.