Los Servicios Jurídicos han presentado la demanda judicial en reclamación de cantidad al Estado del pago de 182 millones de euros no ingresados en las arcas autonómicas, como era su derecho, correspondientes a la pérdida de ingresos en la liquidación del año 2017 correspondiente al IVA, que ascienden directamente a un total de 120,49 millones de euros de principal, y 61,51 millones de euros de perdida indirecta -que se corresponden a 30,98 millones de euros por el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, 21,21 millones de euros correspondientes al Fondo de Suficiencia Global y 9,32 millones de euros del Fondo de cooperación-.
El conflicto surgió con la aprobación por el Estado del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, donde se estableció un nuevo sistema de llevanza de libros registro a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, ampliando el plazo de liquidación del IVA para todos aquellos sujetos pasivos cuya obligación de autoliquidar el impuesto era mensual -grandes empresas, grupos de IVA e inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA-. Tras el cambio, la fecha límite para liquidar cada mes pasó del día 20 al día 30 del mes siguiente, y con este retraso, el ingreso de la liquidación del IVA de noviembre de 2017 pasó de contabilizarse en diciembre de 2017 a contabilizarse en enero de 2018, es decir, en otro ejercicio, a pesar de que fue efectivamente ingresado por las empresas en el Estado dentro del año 2017.
Este cambio en las fechas de ingreso del IVA solamente le provocó al Estado un retraso de 10 días en el ingreso en su caja, ya que recaudó lo mismo que hubiera recaudado conforme a las reglas antiguas. Sin embargo, para las comunidades autónomas, como Castilla y león, ha supuesto la pérdida de la financiación de un mes entero del IVA en la liquidación del sistema para 2017, pérdida que será permanente.
Ello ha conllevado, como señala el director de los Servicios Jurídicos de la Junta, Luis Miguel González Gago, que la Comunidad tuviera que acudir al sistema de crédito al no disponer de un dinero con el que contaba, ya que con él se atendían servicios esenciales autonómicos que no podían dejar de prestarse, como los sanitarios, los educativos o los de servicios sociales, dinero que la Junta tendrá que devolver.
Fundamentos de la demanda judicial
En la demanda de esa cantidad se ponen de manifiesto las sucesivas y reiteradas peticiones efectuadas desde entonces por la Consejería de Economía y Hacienda, tanto por carta al Ministerio de Hacienda como en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, sin que el Estado haya materializado una solución.
Se alega por los Servicios Jurídicos Autonómicos que tal conducta del Estado vulnera el principio de legalidad, en sus previsiones tanto nacionales como europeas, ya que la Directiva del Consejo de Europa de 2006, relativa al sistema común del IVA, determina que los Estados miembros podrán establecer otras obligaciones que estimen necesarias para garantizar la correcta recaudación del IVA y prevenir el fraude, pero siempre que respeten el principio de igualdad de trato de las operaciones interiores, cosa que no ha ocurrido en este caso al no efectuarse esa transferencia interna; también se infringe el derecho a la autonomía financiera de la Comunidad de Castilla y León, consagrado constitucionalmente, se produce la infracción de los principios de buena fe, confianza legítima y lealtad institucional, establecidos en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 2015, y provoca un enriquecimiento injusto de la Administración del Estado, ya que él sí cobró a los ciudadanos, pero no ha pagado a la Comunidad, además de ser una medida claramente discriminatoria, dado que afecta únicamente a las comunidades autónomas de régimen común, como Castilla y León, pero no a las comunidades forales de País Vasco y Navarra, que se encuentran en la misma situación que el Estado, al no formar parte del sistema de financiación autonómico-.
Para el director de los Servicios Jurídicos de la Junta, González Gago, la actuación del Estado ha conllevado la vulneración de la doctrina de no poder actuar contra los actos propios, ya que el Gobierno de la Nación reconoció expresamente la situación producida y manifestó su compromiso de solucionarla, como evidenció la aprobación por el Consejo de Ministros del proyecto de Ley de presupuestos generales de Estado para 2019, que contemplaba expresamente la reversión de la medida de ampliación del plazo de presentación del IVA, permitiendo a la administración del Estado computar 13 meses de IVA en términos de caja, para compensar el que faltaba en la liquidación de 2017. Señala González Gago que incluso la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal española ha puesto de manifiesto esta circunstancia en varios de sus informes, reconociendo el impacto negativo que aquella norma ha tenido en la liquidación de los recursos del sistema de financiación de 2017 a percibir en 2019 por las comunidades autónomas, que tendrían una pérdida recaudatoria cercana a los 2.500 millones de euros para su conjunto -0,2 % del PIB-, y que en Castilla y León se estimó en el 0,27 % del PIB.
Por todo ello, la Junta reclama judicialmente al Estado el abono efectivo de los 182 millones de euros o, de forma subsidiaria, solicita que se le pague esa cuantía como indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial del Estado, o en último caso, que se aplique el sistema de compensación, de tal forma que cualquier deuda que pudiera tener la Junta de Castilla y León con el Estado ahora o en un futuro se vaya sufragando contra ese crédito.
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