La Junta amplía y simplifica las ayudas a trabajadores en ERTE

Más beneficiarios, menos trámites y una cuantía fija de 10 euros por jornada suspendida

Los ERTE y el IMV
Los ERTE y el IMV

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León ha publicado en el Bocyl la modificación de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a trabajadores afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Con estos cambios, se amplía el número de beneficiarios y se simplifican los trámites administrativos, permitiendo que el apoyo económico llegue de manera más ágil y justa.

Entre las novedades más destacadas, se incluye la posibilidad de que también puedan acceder a estas ayudas los trabajadores en ERTE por resolución judicial en un procedimiento concursal, una situación que hasta ahora no estaba contemplada. Además, se elimina la restricción que excluía a empleados de empresas con más de 1.000 trabajadores, garantizando que el tamaño de la compañía no sea un obstáculo para recibir esta prestación.

Otro cambio significativo es la eliminación de la graduación económica. A partir de ahora, la ayuda se establece en una cuantía fija de 10 euros por jornada completa de suspensión, con un límite máximo de 300 jornadas. Esto busca una distribución más equitativa de los fondos entre los trabajadores afectados.

Para facilitar el acceso a estas ayudas, se ha suprimido la obligación de presentar el certificado de empresa, siempre que el trabajador esté recibiendo la prestación por desempleo. También se elimina el requisito de aportar las últimas cuatro nóminas, reduciendo así la burocracia y acelerando la concesión de los fondos.

Estas ayudas están dirigidas a trabajadores afectados por suspensiones o reducciones de jornada en Castilla y León debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, fuerza mayor temporal o en aplicación del mecanismo red de flexibilidad y estabilización del empleo. También podrán beneficiarse trabajadores con contrato fijo discontinuo cuya actividad haya finalizado antes de lo previsto, aquellos cuyos contratos hayan sido interrumpidos y quienes, estando en periodo de inactividad productiva, sufran un retraso en su reincorporación.

Para acceder a la ayuda, los trabajadores deben haber estado en situación de suspensión o reducción de jornada durante al menos 10 días dentro del periodo subvencionable y contar con una base de cotización por contingencias comunes inferior a 4.000 euros mensuales (o su equivalente proporcional en contratos a tiempo parcial).

Con estas modificaciones, la Junta de Castilla y León busca adaptar las ayudas a las necesidades actuales del mercado laboral, asegurando que el apoyo llegue de forma rápida y eficiente a quienes más lo necesitan.

 

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