El Gobierno va a permitir que los supermercados puedan limitar la venta de productos para evitar así el desabastecimiento. Una medida que se podrá realizar de forma temporal y dentro de situaciones extraordinarias.
Una medida que se recoge ya en la modificación de la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista. Más concretamente en el tercer apartado del artículo 9 de la norma: "Excepcionalmente, ante circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que así aconsejen, los establecimientos comerciales puedan suspender con carácter temporal la prohibición prevista de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador".
Asimismo, la norma contempla que "estas medidas deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas".
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios