El Tribunal Supremo se ha reunido en un nuevo Pleno para resolver los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios y ha declarado que los de tasación incumben al 100% al banco y no al consumidor.
Con esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización de hipotecas.
De este modo, el Alto Tribunal fija una nueva doctrina que recoge que los clientes tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.
En definitiva, solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores.
Para tomar esta decisión, el Supremo ha tenido como fundamento de análisis un recurso de casación respecto a una sentencia en grado de apelación de la Audiencia Provincial de Cáceres en un caso protagonizado por Liberbank.
Nada más conocerse el fallo del Supremo, la presidenta de Asufin, Patricia Suárez, ha celebrado que este órgano judicial haya zanjado "por fin" el reparto de gastos y, esta vez, a favor de los consumidores.
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