CGT asegura que "en este comienzo de curso estamos asistiendo a un notable incremento en el número de interinidades docentes ofertadas, debido a la situación de emergencia sanitaria en la que nos encontramos -miedo a incorporarse a las aulas entre los docentes ante la falta de seguridad en muchos puestos, desdobles de última hora, cobertura de “plazas-COVID”, etc- unido a que el número de funcionarios de carrera no es suficiente para cubrir las necesidades de profesorado que establecen los protocolos".
Una situación que aseguran "se suma el hecho de que las listas de interinos de muchas especialidades llevan varios años sin renovarse -porque no se han convocado oposiciones- Como resultado, las listas de aspirantes para ocupar interinidades docentes están resultando insuficientes y se está recurriendo a la contratación de personal a través del ECYL, donde no se tienen en cuenta méritos ni experiencia docente y los puestos se adjudican en estricto orden de petición y en caso de igualdad, por orden de inscripción en los Servicios de Empleo. Además, para acceder a las plazas a través del ECYL, es requisito indispensable estar inscrito como demandante de empleo, cosa que impide el acceso a aquellas personas que lo desconocieran previamente o que olviden renovar la demanda de empleo mientras trabajan".
Denuncian como "las circunstancias han empeorado con la aprobación del Real Decreto-Ley 31/2020, de 29 de septiembre, que en su Artículo 2 establece que una vez contratados los aspirantes que sí posean el título oficial de formación pedagógica y didáctica de posgrado, o equivalente, las administraciones educativas podrán contratar también a aquellos aspirantes que no cumplan ese requisito. Ello supone que se incorporarán a dar clase sin haber recibido una formación pedagógica básica, que garantice unos conocimientos mínimos sobre el funcionamiento de los centros educativos, el currículo, las bases pedagógicas de la docencia, etc. con la obvia merma de la calidad de la enseñanza que esto conlleva y pone de relieve una vez más, que para la Administración la función educativa de los centros es secundaria, siendo la primordial la de “guardería” o “aparca-niños” mientras los progenitores trabajan".
"Habida cuenta de que el apartado 7.4 del Acuerdo de 19 de mayo de 2006, de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente de centros públicos de enseñanzas escolares de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dispone que en los Cuerpos y Especialidades en los que las listas resulten insuficientes se realizarán convocatorias extraordinarias de ámbito autonómico para cubrir vacantes o sustituciones en régimen de interinidad", desde CGT han presentado un escrito a la Consejería de Educación exigiendo la convocatoria inmediata de listas extraordinarias de aspirantes, de ámbito autonómico, para ocupar puestos docentes en régimen de interinidad de todas las especialidades y todos los cuerpos.
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