La normativa establece que las causas para no tener que llevar mascarilla deben estar relacionadas con una enfermedad o dificultad respiratoria, o las alteraciones de conducta a que se refiere el artículo 6.2 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de Medidas Urgentes de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Así, la Orden establece que no se requerirá ningún justificante médico, siendo suficiente una declaración responsable firmada por la propia persona que presenta la causa de exención o por sus tutores legales.
Esto podrá hacerse sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran exigirse por la inexactitud de la declaración responsable, que se efectuará conforme al modelo normalizado disponible en el Portal de la Junta de Castilla y León , así como en el Portal de Salud de Castilla y León . Dicho modelo también se facilitará en los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud.
Como se sabe, entre las diferentes medidas adoptadas por la Consejería de Sanidad en materia de prevención y control para reducir el riesgo de transmisión comunitaria de la COVID-19, a través del Acuerdo 35/2020, de 16 de julio, se incorporó la obligación general de usar de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público.
No obstante, se establecieron una serie de excepciones a la obligación de usar mascarillas, en particular, las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Pues bien, con el fin de que estas personas puedan acreditar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad una especial situación que las exime del uso de mascarilla sin necesidad de recabar justificante o informe médico, será suficiente a partir de ahora una declaración responsable -con el modelo antes citado- firmada por la propia persona que presenta la causa de exención o por sus tutores legales. Hay que recalcar e insistir que disponer de este documento no liberará de las responsabilidades que pudieran exigirse por la inexactitud o falsedad de la declaración.
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