Este martes, 22 de diciembre, se celebra el sorteo de la Lotería de Navidad. El COVID-19 no ha podido acabar con una de las grandes tradiciones españolas y que supone, además, el comienzo extraoficial de las navidades.
El primer premio, más conocido como el Gordo, está premiado con 400.000 euros al décimo. De ese dinero, Hacienda se queda una parte. Este 2020, concretamente, se quedará con 72.000 euros de cada décimo o lo que es lo mismo, cada ganador del primer premio de la Lotería de Navidad recibirá por décimo 328.000 euros.
Lo primero que deben conocer todos los participantes de este sorteo es que la cantidad exenta de declarar a Hacienda es de 40.000 euros. Esto quiere decir que cualquier premio del próximo sorteo de Lotería de Navidad por debajo de este importe se cobrará íntegramente. Así, por ejemplo, la típica pedrea, dotada con 100 euros al décimo, se cobrará en su totalidad.
Igualmente, explica reclamador.es, todos los premios salvo el Gordo, el segundo y el tercer premio de este sorteo, estarán exentos de declarar, pues únicamente estos tres superan los 40.000 euros al décimo. Así, el Segundo premio de la Lotería de Navidad está premiado con 125.000 euros al décimo y el Tercer premio con 50.000 euros al décimo.
Pues bien, esos primeros 40.000 euros están exentos de declarar y las cantidades restantes tributan a un 20%, es decir, Hacienda se queda con el 20% de esos 360.000 euros por los que sí se debe tributar, o lo que es lo mismo, 72.000 euros para la Agencia Tributaria y 328.000 para el afortunado que juegue un décimo que coincida con el Gordo de la Lotería de Navidad.
Así, el afortunado que lleve un décimo premiado con el Segundo recibirá 108.000 euros pues Hacienda se quedará con 17.000 euros. Por último, del Tercer premio, Hacienda se quedará con 2.000 euros y el afortunado recibirá 48.000 euros.
En 2019, la cantidad exenta de declarar era de 20.000 euros, por lo que el ganador del sorteo se llevaba finalmente 324.000 euros frente a los 328.000 euros que recibirá el afortunado que lleve un décimo del número premiado este año.
¿Invertir el premio en quitarse la hipoteca?
La respuesta a esta gran pregunta es depende. Según informan los abogados expertos en Derecho Bancario de reclamador.es, hay que estudiar el año de la firma del préstamo hipotecario para determinar si compensa o no utilizar el premio de la lotería para amortizar total o parcialmente la hipoteca.
Así, según la compañía online de servicios legales, si el préstamo se firmó antes del año 2013 es muy probable que no sea la mejor opción en la que invertir el premio pues los hipotecados con préstamos anteriores al 1 de enero de 2013 pueden desgravarse un 15% de lo pagado al año por la hipoteca, con un máximo de 9.040 euros.
Cuando el préstamo hipotecario sea posterior a esa fecha, explica reclamador.es, igualmente habría que estudiar las comisiones que debería abonar el consumidor por amortizar o cancelar la hipoteca, que pueden llegar al 0,50% del préstamo pendiente si se firmó hace menos de cinco años. Pero si no se deben abonar o son muy bajas, es posible que en este caso sí pueda interesar invertir el premio del sorteo del 22 de diciembre en amortizar la hipoteca, pero para ello es fundamental contar con asesoramiento experto antes de dar ningún paso.