Así lo ha indicado el responsable de la Dirección General de Tráfico (DGT) en un encuentro digital, organizado para dar respuesta a las dudas sobre las reformas legislativas recientemente aprobadas por el Gobierno en materia de tráfico.
En concreto, ha explicado que la conducción temeraria es una infracción muy grave, sancionada con multa de 500 euros y detracción de 6 puntos, mientras que conducir utilizando el móvil es una infracción grave, sancionada con multa de 200 euros y actualmente conlleva la pérdida de 4 puntos.
"En el proyecto de Ley de actualización del Permiso por Puntos que vamos a enviar al Congreso proponemos que si el conductor lleva el móvil en la mano, se pierdan 6 puntos", ha manifestado Navarro.
Además, ha detallado que si el móvil va "en el salpicadero, no sería objeto de denuncia, siempre que se utilice para ello un soporte homologado y no se manipule durante la conducción". No obstante, aconseja que si se necesita utilizarlo, primero se detenga "en una zona segura".
VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
Preguntado sobre la posibilidad de exigir un seguro obligatorio de daños a terceros tanto a bicicletas como a patinetes eléctricos, el director de la DGT ha precisado que, tras una primera regulación de estos vehículos, se abrirá un debate con los ayuntamientos para avanzar en una "mucho más detallada". "Está previsto hablar de todo", ha apostillado.
En este sentido, ha aclarado que, en la actualidad, si el responsable de un accidente es el conductor de un patinete eléctrico alquilado, "con toda probabilidad habrá seguro al que reclamar, ya que las compañías que alquilan estos patinetes tienen suscritas pólizas de responsabilidad civil a tal efecto".
Además, el director general ha añadido que, si por el contrario se trata de un particular, "podrá tener o no seguro específico suscrito, pero en caso negativo, algunas compañías de seguros empiezan a ofrecer cobertura en las pólizas de hogar para este tipo de siniestros". Si no hubiera póliza contra la que reclamar o el responsable se diera a la fuga, "el Consorcio de Compensación de Seguros podría llegar a hacerse cargo, si se acreditan convenientemente los hechos", ha subrayado.
Sobre si sería conveniente que la usuarios de vehículos de movilidad personal tuvieran unos conocimientos mínimos sobre legislación de tráfico y seguridad vial, Navarro cree que sí, pero ha añadido que "no se trata de que haya que pasar un examen para llevar una bici o un patinete".
"Hay vías intermedias. Nos gusta la idea de los cursos que se desarrollan en Alemania o Bélgica en colaboración con los ayuntamientos, o la introducción de la bici en las clases de educación física de Portugal", ha comentado.
VELOCIDAD A 30 KILÓMETROS POR HORA
Respecto al establecimiento de un límite máximo de velocidad de 30 kilómetros por hora en las calles de un solo carril por sentido, el director de Tráfico opina que "es de sentido común que en una vía de un solo carril no se pueda circular a 50 km/h" y ha recordado que se trata de una medida que busca "la protección de los usuarios más vulnerables".
"La hemos trabajado a propuesta de los ayuntamientos y de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Estamos convencidos de que se puede circular a 30 km/h y, además, está contrastado, porque ya son muchos los municipios en los que ya se aplica", ha subrayado.
Por otro lado, se ha referido a los vehículos que superan la velocidad permitida en carretera. "Ir a más de 200 km/h es delito. Nosotros siempre hemos estado en contra de la comercialización de vehículos que puedan alcanzar esas velocidades, pero la normativa aplicable es la legislación acordada en Europa", ha aclarado.
Sobre si la prohibición de rebasar los 20 km/h en los adelantamientos en las carreteras convencionales supone un peligro para los usuarios de las vías, ha argumentado que "superar en 20 km/h el límite para adelantar incita a superar los límites".
"Con esta limitación se adecua la velocidad de estas vías a su capacidad de seguridad y se refuerza el mensaje de que adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal de consecuencias más graves cuanto mayor sea la velocidad", ha matizado Navarro.
En relación con las sanciones por llevar en el vehículo detectores de radar, el director de Tráfico ha afirmado que "la finalidad de llevar en el vehículo un detector de radar o cinemómetro es la de su utilización para evitar ser denunciado y eludir la posible denuncia, creando en quien infringe un sentimiento de impunidad ante las infracciones por exceso de velocidad".
A este respecto, ha precisado que "un avisador no sería un detector, sino un dispositivo que comparte información de la ubicación de los cinemómetros fijos de España". "Un detector sería el dispositivo que es capaz de detectar las ondas emitidas por un cinemómetro (tecnología doppler) y de este modo alertar al conductor", ha recalcado.
También ha apuntad que su departamento trabaja en una norma que permitirá su utilización de un intercomunicador en el interior del casco "en un futuro próximo". "Y tenemos previsto aprobarla antes de que finalice 2021", ha agregado.
Al ser cuestionado sobre "para cuándo un año tranquilo con las autoescuelas y sus alumnos", el director de la DGT ha asegurado que están "en el mismo barco" y que Tráfico trabaja para conseguir "un servicio de exámenes de calidad y bien organizados". "Resolver este problema es una prioridad para nosotros", ha subrayado.
Finalmente, el director de Tráfico ha asegurado que el uso del carril central y/o izquierdo, estando libre el carril de la derecha es "un mal hábito" que a la DGT "preocupa" y "ocupa".