El Sindicato de Trabajadores Administrativos de Salud ha lanzado un comunicado en el que denuncia públicamente las "irregularidades que se están realizando el Complejo Asistencial de Zamora, en relación a contratación de personal eventual en la categoría de Operario de Servicios y las coberturas de vacantes por Promoción Interna Temporal en el Servicio Central Telefónica".
Este es el comunicado completo lanzado por la organización al respecto:
Desde el Sindicato de Trabajadores Administrativos de la Salud (STAS), queremos denunciar públicamente, las irregularidades que se están realizando el Complejo Asistencial de Zamora, en relación a contratación de personal eventual en la categoría de Operario de Servicios y las coberturas de vacantes por Promoción Interna Temporal en el Servicio Central Telefónica.
Desde el STAS se ha solicitado en varias ocasiones una reunión con la Gerente de este Complejo Asistencial de Zamora y nos ha remitido directamente con la Dirección de Gestión de la Gerencia Asistencial Sanitaria de Zamora.
Servicio de Hostelería:
La gestión que se está llevando a cabo en el Servicio de Hostelería que perjudica a unos pocos y no por eso es menos grave, puesto que si se están cometiendo ilegalidades no deberían de permitirse.
1. La Movilidad Voluntaria que se convocó en el año 2017 para el acoplamiento delpersonal fijo, a la cual se añadió la movilidad del personal interino, siendo esta últimatotalmente ilegal pues no existe tal movilidad en el Estatuto Marco, ni en la norma quelo desarrolla: ORDEN SAN/77/2014, de 6 de febrero, por la que se aprueban las basescomunes reguladoras de la movilidad voluntaria del personal estatutario fijo en elServicio de Salud de Castilla y León.
2. Dicha Movilidad Voluntaria de personal interino no regulada fue utilizada para ubicar a4 trabajadores interinos de una forma descarada en los puestos que pretendían, ya quedesde el año 2017 en el que se convocó, no se relacionaron las vacantes del personalinterino y la forma de acceso se modificó hasta en cuatro ocasiones para que el resultadofinal fuera el pretendido.Algunos de los trabajadores de este servicio de hostelería, han solicitado por escrito larevocación de dicha Movilidad Voluntaria de personal interino. La dirección se niega arevocar dicha convocatoria, aunque de forma privada reconocen que no fue muy legal.
3. Otra cuestión, es la contratación del personal eventual del servicio de hostelería sinllevar el orden de puntuación de la Bolsa de empleo correspondiente. La renovación decontratos por acumulaciones y otros conceptos, no pasan por la mesa de contratación,sino que se están renovando directamente a personas con menos puntuación y hastacon cero puntos, cuando sabemos que hay personas con más puntuación que no se lesestá ofreciendo esos contratos por lo que se ven perjudicados teniendo mejor posiciónen la bolsa correspondiente.
La gestión de este Servicio de Hostelería es más que cuestionable y lo que es más grave,tiene el apoyo de la Dirección.
4. Desde hace tres años se ha implantado un plan llamado Plan de Acogida a los NuevosTrabajadores eventuales en el periodo estival, el cual consiste en asistir a los puestosde trabajo 15 días antes del inicio de su contratación. Se les dice que tienen que acudirNota de Prensa para conocer sus funciones una semana de mañana y otra de tardes, para serobservados por los técnicos y así estos valorar si hay que insistir en determinadastareas.
En junio del pasado año, uno de los técnicos se niega a realizar dicha “asistencia alpuesto de trabajo sin contrato”, aludiendo que no es legal porque considera que:
-Este servicio requiere de conocimientos previos.
-Tienen que comenzar los contratos 15 días antes del periodo estival.
-Las circunstancias especiales que se vivían en el hospital por la situación del Covid19.
5. Algunos trabajadores del Servicio de Hostelería han solicitado adaptación del puesto através del Servicio Salud Laboral y después de haber pasado un reconocimiento, se lesha cambiado de puesto de trabajo, pero sin haber recibido el informe de dichoreconocimiento que da lugar al cambio de puesto.
Servicio de Central Telefónica:
1. En cuanto a la Promoción Interna Temporal en el servicio de la Central Telefónica,desde este sindicato se han realizado las correspondientes reclamaciones a la Gerenciade Asistencia Sanitaria en Zamora y a la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León,solicitando que las Promociones Internas Temporales se deben ofrecer, por norma, a 1de cada 4 vacantes y por un periodo mínimo de 3 meses, según lo regula la legislaciónestablecida para ello y contemplada en la ORDEN SAN/227/2015, de 20 de marzo, porla que se aprueban las bases comunes del procedimiento para el acceso a plazas de lasdistintas categorías estatutarias de los centros e instituciones sanitarias dependientesde la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León por el sistema de promoción internatemporal.
2. Esto se está incumpliendo sistemáticamente, tanto para las 2 plazas vacantes, que sedeberían haber cubierto a través de la bolsa correspondiente de Telefonistas, comopara los contratos cortos de sustitución, que se están cubriendo todos en PromociónInterna, ya que desde la fecha de entrada en vigor de la citada Orden (1 de abril de2015) solamente 1 de cada 4 contratos de más de 3 meses podrían cubrirse por elsistema de Promoción Interna Temporal.