El Sindicato de Trabajadores Administrativos de Salud ha lanzado un comunicado en el que denuncia públicamente las "irregularidades que se están realizando el Complejo Asistencial de Zamora, en relación a contratación de personal eventual en la categoría de Operario de Servicios y las coberturas de vacantes por Promoción Interna Temporal en el Servicio Central Telefónica".
Este es el comunicado completo lanzado por la organización al respecto:
Desde el Sindicato de Trabajadores Administrativos de la Salud (STAS), queremos denunciar públicamente, las irregularidades que se están realizando el Complejo Asistencial de Zamora, en relación a contratación de personal eventual en la categoría de Operario de Servicios y las coberturas de vacantes por Promoción Interna Temporal en el Servicio Central Telefónica.
Desde el STAS se ha solicitado en varias ocasiones una reunión con la Gerente de este Complejo Asistencial de Zamora y nos ha remitido directamente con la Dirección de Gestión de la Gerencia Asistencial Sanitaria de Zamora.
Servicio de Hostelería:
La gestión que se está llevando a cabo en el Servicio de Hostelería que perjudica a unos pocos y no por eso es menos grave, puesto que si se están cometiendo ilegalidades no deberían de permitirse.
1. La Movilidad Voluntaria que se convocó en el año 2017 para el acoplamiento del personal fijo, a la cual se añadió la movilidad del personal interino, siendo esta última totalmente ilegal pues no existe tal movilidad en el Estatuto Marco, ni en la norma que lo desarrolla: ORDEN SAN/77/2014, de 6 de febrero, por la que se aprueban las bases comunes reguladoras de la movilidad voluntaria del personal estatutario fijo en el Servicio de Salud de Castilla y León.
2. Dicha Movilidad Voluntaria de personal interino no regulada fue utilizada para ubicar a 4 trabajadores interinos de una forma descarada en los puestos que pretendían, ya que desde el año 2017 en el que se convocó, no se relacionaron las vacantes del personal interino y la forma de acceso se modificó hasta en cuatro ocasiones para que el resultado final fuera el pretendido. Algunos de los trabajadores de este servicio de hostelería, han solicitado por escrito la revocación de dicha Movilidad Voluntaria de personal interino. La dirección se niega a revocar dicha convocatoria, aunque de forma privada reconocen que no fue muy legal.
3. Otra cuestión, es la contratación del personal eventual del servicio de hostelería sin llevar el orden de puntuación de la Bolsa de empleo correspondiente. La renovación de contratos por acumulaciones y otros conceptos, no pasan por la mesa de contratación, sino que se están renovando directamente a personas con menos puntuación y hasta con cero puntos, cuando sabemos que hay personas con más puntuación que no se les está ofreciendo esos contratos por lo que se ven perjudicados teniendo mejor posición en la bolsa correspondiente.
La gestión de este Servicio de Hostelería es más que cuestionable y lo que es más grave, tiene el apoyo de la Dirección.
4. Desde hace tres años se ha implantado un plan llamado Plan de Acogida a los Nuevos Trabajadores eventuales en el periodo estival, el cual consiste en asistir a los puestos de trabajo 15 días antes del inicio de su contratación. Se les dice que tienen que acudir Nota de Prensa para conocer sus funciones una semana de mañana y otra de tardes, para ser observados por los técnicos y así estos valorar si hay que insistir en determinadas tareas.
En junio del pasado año, uno de los técnicos se niega a realizar dicha “asistencia al puesto de trabajo sin contrato”, aludiendo que no es legal porque considera que:
-Este servicio requiere de conocimientos previos.
-Tienen que comenzar los contratos 15 días antes del periodo estival.
-Las circunstancias especiales que se vivían en el hospital por la situación del Covid 19.
5. Algunos trabajadores del Servicio de Hostelería han solicitado adaptación del puesto a través del Servicio Salud Laboral y después de haber pasado un reconocimiento, se les ha cambiado de puesto de trabajo, pero sin haber recibido el informe de dicho reconocimiento que da lugar al cambio de puesto.
Servicio de Central Telefónica:
1. En cuanto a la Promoción Interna Temporal en el servicio de la Central Telefónica, desde este sindicato se han realizado las correspondientes reclamaciones a la Gerencia de Asistencia Sanitaria en Zamora y a la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, solicitando que las Promociones Internas Temporales se deben ofrecer, por norma, a 1 de cada 4 vacantes y por un periodo mínimo de 3 meses, según lo regula la legislación establecida para ello y contemplada en la ORDEN SAN/227/2015, de 20 de marzo, por la que se aprueban las bases comunes del procedimiento para el acceso a plazas de las distintas categorías estatutarias de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León por el sistema de promoción interna temporal.
2. Esto se está incumpliendo sistemáticamente, tanto para las 2 plazas vacantes, que se deberían haber cubierto a través de la bolsa correspondiente de Telefonistas, como para los contratos cortos de sustitución, que se están cubriendo todos en Promoción Interna, ya que desde la fecha de entrada en vigor de la citada Orden (1 de abril de 2015) solamente 1 de cada 4 contratos de más de 3 meses podrían cubrirse por el sistema de Promoción Interna Temporal.
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