Durante el confinamiento y los primeros compases de la Fase 1 las terrazas y los bares estuvieron en el punto de mira de los usuarios. Tratando de conocer cuándo podrían sentarse en ellas y en qué condiciones, en la Fase 2 y la llega inminente de la 'nueva normalidad' estas preguntas parecían resultas, aunque siguen cambiando algunas condiciones con el paso del tiempo. Ahora, la 'nueva normalidad' trae consigo algunas modificaciones en aspectos como el aforo dentro del establecimiento, el número de personas por mesa o las condiciones de las terrazas.
En cuanto al aforo dentro del recinto, la ley permite que los usuarios no superen el 75% del aforo que tendría el mismo en condiciones normales. Otro punto que cambia a partir de este domingo es el consumo dentro del local, pudiendo ser en barra o en una mesa teniendo una distancia interpersonal de metro y medio entre clientes o grupos de clientes.
Las terrazas al aire libre tendrán un aforo del 80% respecto a las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la licencia municipal. Se consideran terrazas, además, todos los espacios no cubiertos o aquellos que, estando cubiertos, estén rodeados lateralmente por un máximo de dos paredes. En caso de que el establecimiento reciba un permiso para aumentar la superficie de terraza podrá incrementar las mesas, siempre respetando el 80% de proporción entre mesas y superficie disponible, manteniendo el espacio necesario para que la gente pueda circular por la vía pública.
Por último, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal establecida entre las mesas o agrupaciones de mesas, teniendo una ocupación máxima de 25 personas por mesa o agrupación de mesas.
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