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El CGPJ mantiene la suspensión de actuaciones judiciales no esenciales

La Abogacía proponía la reactivación gradual de todos los juzgados a puerta cerrada a partir del próximo día 13.

Furgón de Policía en el Juzgado

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado e mantener la validez y eficacia de los acuerdos y las medidas adoptadas por este órgano en relación con la pandemia de coronavirus COVID-19 durante la segunda prórroga del estado de alarma autorizada por el Congreso de los Diputados en su sesión del pasado jueves.

La decisión se ha adoptado una vez que el Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la resolución de 9 de abril de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo alcanzado en el Congreso.

Entre los acuerdos cuya validez y eficacia se mantiene figura el aprobado en la reunión extraordinaria mantenida por la Comisión Permanente el pasado 14 de marzo por el que se dispuso la suspensión de todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales que tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales.

El acuerdo supone hacer oídos sordos a las peticiones realizadas por distintos colectivos de ámbito judicial como la Abogacía, cuyo Consejo General (CGAE), que reúne a todos los colegios de abogados de España, propuso la pasada semana la reactivación gradual de todos los juzgados a puerta cerrada a partir del próximo día 13.

La Abogacía española quiere que los juzgados vuelvan a funcionar, de forma limitada y sin que haya acceso de público ni profesionales, a la vuelta de la Semana Santa, es decir, que sigan sacando papel pendiente mediante el teletrabajo. En ninguno de los casos se propone la celebración ni de vistas ni de señalamientos, tal y como sucede en la actualidad para reducir la movilidad a lo mínimo indispensable.

Sin embargo, los servicios esenciales seguirán siendo por el momento los aprobados por el Consejo General del Poder Judicial el pasado 13 de marzo de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, con las precisiones realizadas desde entonces.

As, por el momento, priman las órdenes de protección a menores y por violencia de género, matrimonios 'in artículo mortis', licencias de enterramiento, internamientos urgentes y guardia de detenidos, así como "cualquier trámite judicial que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable".

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