El presente decreto tiene por objeto modificar el Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de Música en Castilla y León, con la incorporación de nuevas especialidades instrumentales, debido a la demanda, así como la necesidad de adecuar a la normativa vigente algunos aspectos.
Así, el texto normativa amplía la oferta formativa de las enseñanzas profesionales y elementales de música mediante la introducción de nuevas especialidades: “Instrumentos de púa”, en las enseñanzas elementales y profesionales; y “Bajo eléctrico” y “Guitarra eléctrica” para las enseñanzas profesionales). Además, se actualizan los currículos de estas enseñanzas respecto, teniendo en cuenta los aspectos básicos que fija el Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, para las enseñanzas profesionales de música.
Algunos de los aspectos novedosos son la ampliación en la admisión a la prueba de acceso a las enseñanzas elementales, a aquellos aspirantes que, con carácter excepcional y en los términos que establezca la Consejería de Educación, no reúnen el requisito mínimo de edad (8 años) pero que poseen características musicales excepcionales.
También se amplía al primer trimestre de cada curso escolar el periodo en el que se puede autorizar por el director de un centro y de forma excepcional, la matriculación en el curso inmediatamente superior de aquellos alumnos que, previa orientación del tutor e informe favorable del equipo de profesores, tengan los suficientes conocimientos y madurez interpretativa para abordar las enseñanzas del curso superior. Igualmente se indica que esta ampliación de matrícula se realizará en los documentos de evaluación que corresponda, conforme a las normas que se dicten a tal efecto.
Además, en el presente decreto se deriva a los centros la determinación de las fechas de realización de las pruebas extraordinarias para la recuperación de las asignaturas con evaluación negativa conforme a lo que determine anualmente la Consejería al establecer el calendario escolar. De esta forma, se desvinculan de su realización en el mes de septiembre con el objetivo de garantizar el derecho del alumnado a participar en los procedimientos de acceso a otras enseñanzas.
Finalmente, la norma adapta la denominación del título al que da derecho la superación de las enseñanzas profesionales de música a la establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tras su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que es la de Técnico, y se cambia la referencia normativa que regula la forma en la que esos titulados pueden obtener el título de Bachiller.
El decreto, que se eleva hoy al Consejo de Gobierno, consta de una parte expositiva, una parte dispositiva de un único artículo con 11 apartados, una disposición final y 4 anexos.
En la parte expositiva se establecen el marco normativo y los motivos que justifican la aprobación del decreto. La parte dispositiva comprende un artículo único, que recoge en once apartados las modificaciones anteriormente señaladas y, la disposición final hace referencia a la entrada en vigor del decreto, veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
En cuanto a la tramitación, el decreto se ha sometido a través del Portal de Gobierno Abierto a consulta pública con carácter previo a su elaboración, participación ciudadana en la elaboración y trámite de audiencia y dispone del dictamen favorable del Consejo Escolar, los servicios jurídicos de la Consejería de Educación y el Consejo Consultivo de Castilla y León.
Aprobado un nuevo decreto del currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música
El Consejo de Gobierno ha aprobado un nuevo decreto, que modifica el anterior de 2007, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de Música en la Comunidad con la incorporación de nuevas especialidades instrumentales y adaptación a la normativa actual.
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