El secretario general del PSOE de Zamora y diputado portavoz del grupo parlamentario socialista en la Comisión de Reto Demográfico y Transición Ecológica en el Congreso de losDiputados, Antidio Fagúndez, ha valorado muy positivamente el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio para laTransición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). En este se aprueba el Real Decreto que regula el Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE), que destinará 300 millonesde euros para ayudas directas a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificiosconstruidos antes de 2007, como puede ser cambio de la envolvente térmica o la sustitución deantiguas calderas por opciones renovables, como la termosolar o la geotérmica.
Tal y como ha subrayado Fagúndez el PREE, contempla un mayor porcentaje de ayuda para losconsumidores vulnerables, se alinea con las políticas de reactivación económica frente el COVID19 de la Unión Europea, centradas en la transición energética y la digitalización, generando unefecto incentivador sobre la generación de empleo y actividad económica en el sector de laconstrucción, así como los vinculados a la puesta en marcha de instalaciones eléctricas ytérmicas.
De igual modo, este programa de ayudas contribuye a la consecución del Plan Nacional deEnergía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que planifica una senda de descarbonización para que, a finalde esta década, el 74% del sistema eléctrico sea de origen renovable; y con la Estrategia a LargoPlazo (ELP), actualmente en trámite de consulta pública, que marca la senda para que Españaalcance la neutralidad climática en 2050.
Ambos documentos señalan la necesidad de actuar en el parque de edificios, que en la actualidadsupone un 30% de la energía final consumida en el país, para lograr que sea plenamentesostenible a mediados de siglo. Esta “ola de rehabilitación” generará, según estimaciones delPNIEC, unos 48.000 empleos anuales netos entre 2021 y 2030.
Gestión autonómica del PREE
De la información difundida por Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográficoque dirige la Vicepresidenta 4ª del Gobierno Teresa Ribera, destaca también Antidio Fagúndezque el PREE será coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE),dependiente de MITECO. A partir de las bases reguladoras aprobadas hoy en Consejo deMinistros, las Comunidades y Ciudades Autónomas deberán realizar y publicar su respectivaconvocatoria de ayudas.
A las convocatorias que publique cada región se podrán presentar comunidades de propietarios,comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía, propietariosindividuales de edificios, sean personas físicas o jurídicas, agrupaciones de propietarios deedificios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas oproveedores de servicios energéticos, y entidades locales.
La fecha límite de presentación de solicitudes vendrá marcada por cada región en su respectivaconvocatoria. En todo caso, nunca podrá ser posterior al 31 de julio de 2021.
De los 300 millones con los que cuenta el PREE Castilla y León podrá disponer de 17.220.000euros, provenientes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, se distribuirán entre lasregiones según el criterio objetivo de número de primeras viviendas recogidas en el censo depoblación del Instituto Nacional de Estadística. El reparto queda fijado de esta manera:
Este presupuesto podrá ser ampliado tanto con nuevas asignaciones del Fondo de EficienciaEnergética como de otros instrumentos de financiación que adjudiquen partidas al IDAE. Ademásel PREE podrá ser cofinanciado con aportaciones del Fondo Europeo de Desarrollo Regional(FEDER) y, en su caso, con las que pudieran establecerse en otros instrumentos y programasde la Unión Europea destinados a la recuperación económica frente a la crisis sanitaria delCOVID-19.
Las Comunidades y Ciudades Autónomas podrán, en sus respectivas convocatorias, realizaradaptaciones para adecuarlas a la realidad de cada región.
Actuaciones subvencionables del PREE
Las actuaciones subvencionables por PREE corresponden a tres tipologías:
-Mejora de la envolvente térmica del edificio
-Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, por ejemplo, decalefacción, climatización o producción de agua caliente sanitaria, conalternativas como:
-Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
-Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
-Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalacionestérmicas.
-Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación noincluidos anteriormente, como la bomba de calor.
-Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución,regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas. En este puntose incluyen sistemas de domótica, sistemas de monitorización y otrossistemas digitales que permitan una mejor gestión y la reducción delconsumo energético del edificio
-Mejora de las instalaciones de iluminación.
Las actuaciones deberán realizarse sobre un edificio de viviendas; un edificio de viviendaunifamiliar o un edificio con uso diferente al de vivienda, como pueden ser el sanitario,administrativo, docente o cultural. Excepcionalmente, en atención a la tipologíaedificatoria o a las características climáticas, las comunidades autónomas y ciudades deCeuta y Melilla podrán considerar subvencionables las actuaciones sobre una o variasviviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes deun edificio.
No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción,las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, y lasque conlleven un cambio de uso de edificio.
En todos los casos, los solicitantes deberán acreditar que la rehabilitación para la quesolicitan subvención mejorará la calificación energética total del edificio en, al menos,una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), conrespecto a la calificación energética inicial del edificio.
La cuantía de las ayudas será del 35% del coste de la actuación, salvo en el caso de lasmejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en los que la ayuda serádel 15%. En caso de que se opte por subvencionar rehabilitaciones en viviendasindividuales, el porcentaje será del 25% en el caso de envolventes e instalacionestérmicas, y del 15% en actuaciones de iluminación.
Apoyo adicional a colectivos vulnerables
El Secretario General del PSOE de Zamora y Diputado Nacional Antidio Fagúndez haconcedido especial relevancia a que los consumidores acreditados como vulnerables yque sean beneficiarios del bono social verán incrementados los porcentajes de ayuda en un 15%. Así, por ejemplo, una actuación sobre una envolvente podría contar unasubvención del 50% del coste.
De igual modo, PREE aplica un 15% de mejora en el porcentaje de ayudas para lasactuaciones que se realicen en edificios de vivienda que se encuentren acogidos a algúnrégimen de protección pública y aquellos que se ubiquen en Áreas de Regeneración yRenovación Urbanas o Rurales.
Por otro lado, y para potenciar la constitución de comunidades de energías renovables olas comunidades ciudadanas de energía, estas figuras tendrán derecho a ayuda adicionalen función del gasto subvencionable, llegando al 20% adicional en caso de la mejora deenvolvente térmica.
Incentivo a la eficiencia
Con el objeto de incentivar aquellas actuaciones más eficientes, se establece una mejorapara las solicitudes eleven la calificación energética del edificio hasta la etiquetaenergética «A» o «B», en la escala de CO2, o bien, incrementen en dos letras lacalificación energética de partida.En esta misma línea, también se incentivan las actuaciones integradas, es decir, aquellasque acometan mejora en dos o más tipologías.
En este caso, la mejora sobre elporcentaje inicial será como máximo del 20%. Para acceder a ella, el PREE establececondiciones: de un lado, una de las mejoras debe ser sobre la envolvente térmica y ha desuponer una disminución mínima de la demanda global de calefacción y refrigeración del30%; y, de otro, esta medida tiene que combinarse con otra actuación sobre lainstalación térmica que suponga, al menos, la sustitución del 60% de la potencia degeneración térmica existente o, en el caso de los edificios de uso diferente a la vivienda,con mejoras sobre la iluminación que impliquen una mejora de la eficiencia energéticade al menos el 25% de la superficie iluminada.
En cualquier caso, una de las tipologías de actuación podrá ser sustituida por larealización de una instalación solar fotovoltaica o de otra tecnología renovable degeneración eléctrica, con o sin acumulación, destinada al autoconsumo del edificiocuando su potencia instalada sea como mínimo del 10% de la potencia eléctricacontratada.
Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas,para la misma finalidad, por cualquier administración pública, organismos o ente público,nacional o internacional, siempre que no se supere el coste de la actividadsubvencionada y se cumplan las dos condiciones siguientes:
-Que no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) nº 651/2014,de 17 de junio de 2014, para aquellos destinatarios finales que sean empresas odesarrollen actividad comercial o mercantil.
-Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para la mismaactuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos.