Estas dos líneas de ayuda son:
1. REAL DECRETO 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.
Las ayudas recogidas en este Real Decreto van destinadas a:
- Unidades familiares o de convivencia, para paliar daños personales.
- Unidades familiares para paliar daños materiales en viviendas y enseres.
- Corporaciones locales.
- Personas físicas o jurídicas que hayan efectuados prestación personal o de bienes.
- Establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
- Comunidades de propietarios.
Los interesados dispondrán del plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de terminación de los hechos causantes.
Los modelos para formular las solicitudes se encuentran disponibles en la página:
www.proteccioncivil.es/ayudas/catastrofe-o-siniestros/normativa
2. REAL DECRETO-LEY 11/2019, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
Esta Subdelegación queda a disposición de todos aquellos interesados en realizar cualquier tipo de consulta relacionada con este tipo de subvenciones.