Abierto el plazo para que las AMPAS de colegios zamoranos puedan pedir subvenciones para financiar sus actividades

El plazo para poder solicitar subvenciones que ayuden a financiar la actividad anual estará abierto desde este viernes 8 de marzo hasta el próximo 28 de marzo.

 Chocolatada arias gonzalo
Chocolatada arias gonzalo

Educación anunciaba en las últimas horas la apertura de plazo para que Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de los centros educativos puedan solicitar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de sus actividades. La cuantía máxima de la subvención a conceder a cada beneficiario será de 600,00 euros y en ningún caso superará el coste de la actividad subvencionada.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES:

a) Actuaciones destinadas a la promoción del asociacionismo mediante el impulso y la dinamización de la asociación en la vida del centro educativo al que pertenezcan, especialmente en la renovación de representantes del consejo escolar y en otros procesos de participación.
b) Actuaciones dirigidas a la información y formación de las madres y padres que integren la asociación.
c) Actuaciones con carácter lúdico y/o cultural cuyos destinatarios sean los socios de la asociación, el alumnado del centro y/o el profesorado.
d) Actividades extraescolares dirigidas al alumnado del centro educativo.
e) Actividades que refuercen programas o iniciativas promovidas por la Consejería de Educación.
f) Actividades destinadas a la colaboración con el centro docente en las actuaciones que éste realice con el resto de entidades, públicas y privadas, de su ámbito geográfico.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Serán gastos subvencionables los que deriven directamente de la realización de las actividades, incluidos los gastos de adquisición de material informático y de oficina, que en ningún caso podrán superar el 20% del importe de la subvención concedida. El coste de adquisición de los gastos subvencionables no podrá ser superior al valor de mercado.

Los gastos subvencionables serán los realizados desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 29 de junio de 2019. Solo se considerará gasto realizado aquel que efectivamente haya sido pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.

Para más información, pulse aquí.

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