Podrán matricularse en todos los Grados Oficiales aquellos estudiantes que no lo hayan hecho antes en los estudios a los que quieran acceder. También podrán ampliar matrícula los estudiantes ya matriculados que cumplan con unos mínimos de créditos matriculados en función de si son nuevos o antiguos alumnos en dicho grado. Por último, podrán matricularse aquellos alumnos que les reste para concluir su Plan de Estudios sólo dos asignaturas cuatrimestrales o una anual, además del Trabajo Fin de Grado. Quedan excluidas de este proceso las asignaturas con prácticas curriculares, las anuales o de Primer Cuatrimestre y los Trabajos o Proyectos Fin de Grado, salvo excepciones.
Se podrán matricular en este periodo aquellos estudiantes que se hayan matriculado en el primer periodo de un mínimo de 20 créditos y los que no cumplan el requisito anterior pero les resten únicamente dos asignaturas del Segundo Cuatrimestre para concluir el plan de estudios, además del Trabajo Fin de Máster. Igualmente, podrán matricularse los alumnos que fueron preadmitidos en el primer periodo. En estos dos últimos casos será necesaria la autorización de la Comisión Coordinadora del Máster.
Quedan excluidos los Másteres Universitarios en Acceso a la Abogacía, en Acceso a la Procura, en Formación del Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, en Hacienda Pública y Administración Financiera y Tributaria y en Psicología General Sanitaria.
En cuanto a la matrícula de la asignatura Trabajo Fin de Máster, estará condicionada a la aprobación por parte del Coordinador del Grado correspondiente.