La edad de la chica que interpuso la denuncia por un presunto delito sexual resulta vital en este caso, ya que el Código Penal considera abuso sexual incluso las relaciones consentidas con menores de 16 años.
De esta forma, tal y como señala el artículo 183 del Código Penal: “El que realizare actos de carácter sexual con un menor de 16 años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años”.
Estas penas se aumentarían si se hubiera empleado violencia o intimidación, algo que sí aparece en la denuncia pero que deberá confirmar o no el juez tras las investigaciones desarrolladas por la Policía Nacional.