Según el auto de la jueza, “del informe que emite la directora General de Salud Pública con la petición de prórroga se deduce con meridiana claridad que la situación de contagio comunitario que determinó la prórroga anterior persiste a fecha de hoy, es clara también su estabilización a la baja habida cuenta del descenso de casos diagnosticados pero, como se afirma por datos de la Red de vigilancia epidemiológica, no figuran identificadas las personas infectadas con lo que no es posible el control de la enfermedad sólo a través de la contención individual”.
A ello debe añadirse, continúa la resolución, que “sí ha habido un notable incremento de casos graves, siendo 18 las personas hospitalizadas por COVID-19 en el Hospital Santos Reyes de Aranda de Duero (cinco de ellas son casos confirmados en las últimas 24 horas) y 4 personas ingresadas en la UCI del Hospital Universitario de Burgos. Con respecto al informe del día 6 de agosto, representan un total 17 ingresos”.
Considera la jueza que la prórroga de limitaciones y confinamiento cumple por tanto los parámetros de proporcionalidad legal y jurisprudencialmente exigidos, y, ello con base en dos razones fundamentalmente: la primera, que la prórroga se limita al período que resta hasta el término del período de incubación. “Es evidente –señala- el esfuerzo realizado hasta el momento y que el mismo se ha traducido ya en un descenso notable de la incidencia de la enfermedad, pues hoy es de 511,32 por cada 100.000 habitantes cuando la semana pasada lo era de 1.098,73 por cada 100.000. Sin embargo, el período de incubación de este virus se alarga 14 días desde que presenta los primeros síntomas y ese plazo que las autoridades sanitarias siguen recomendando como de cuarentena para prevenir la propagación entre personas no enfermas cumple precisamente el próximo día 20. Subsistiendo situación de contagio comunitario como la que se ha expuesto, no hay razón para reducir ese período que se revela imprescindible al caso que se analiza”.
La segunda razón que justifica la ratificación es, según este auto, que la situación epidemiológica que presenta el municipio de Aranda de Duero es de “Transmisión comunitaria no controlada” y a ella, precisamente por la imposibilidad de seguir su evolución a través de medios menos restrictivos, “le son aplicables medidas adicionales de respuesta para el control de la propagación del virus consistentes en acciones simultáneas de confinamiento en territorio específico”.
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